Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM. SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 468
Sucre, 5 de diciembre de 2016
Expediente : 070/2016-CA
Demandante : Gerencia Distrital II de La Paz del SIN
Demandado : Autoridad General de Impugnación Tributaria
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
Materia : Contencioso Administrativo
VISTOS: Los expedientes identificados con el número 65/2016, radicado en la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia; y, expediente 070/2016-CA, incoado en la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social Primera, que involucran a por la Gerencia Distrital II de La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), al contribuyente Rene Alex Zegarra Valdez, contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, (AGIT).
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes administrativos del proceso
La Administración Tributaria notificó con la Orden de Verificación Externa Nº 0012OVE01796 de 7 de marzo de 2013, al contribuyente Rene Alex Zegarra Valdez el 22 de marzo del mismo año; haciéndole conocer que será objeto de un Procedimiento de Determinación con alcance al impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) por la venta de propiedades inmuebles, de los periodos de enero a diciembre de 2009, requiriéndole la documentación necesaria para ello, ampliando el plazo de presentación a dicho requerimiento a solicitud del sujeto pasivo; posterior a notas presentadas por el contribuyente y otros requerimientos emitidos por la Administración Tributaria, al comprobarse que el contribuyente no habría presentado toda la documentación requerida, el 14 de marzo de 2014 la Administración Tributaria emitió el informe CITE: SIN/GDLPZ/SFVE/INF/552/2014, recomendando la emisión y notificación de la Vista de Cargo; por lo que, el 10 de abril del mismo año, se notificó al contribuyente Rene Alex Zegarra Valdez con la Vista de Cargo CITE:SIN/GDLPZ/DF/SFVE/VC/50/2014 de 14 de marzo, en la cual se estableció una deuda tributaria preliminar sobre base cierta y base presunta de UFV5.038.555 por el IUE dela gestión 2009, que incluye el tributo omitido, intereses y sanción por omisión de pago, más las multas por incumplimiento de deberes formales por un total UFV3.000.
En la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 10-0011-14 de 16 de abril de 2014, referida a cambio de jurisdicción y competencia de contribuyentes en las Gerencias Distritales de La Paz y Santa Cruz, se dispuso que el contribuyente Rene Alex Zegarra Valdez sea recategorizado de la Gerencia Distrital II de La Paz del SIN, dejando de pertenecer a la Gerencia Distrital I de La Paz del SIN; razón por la cual se remitió antecedentes para que la Gerencia Distrital II prosiga con el tramite iniciado por la Gerencia Distrital I.
Recepcionado el expediente, el Departamento Jurídico y cobranza coactiva de la Gerencia Distrital II, el 29 de agosto de 2014 mediante informe CITE: SIN/GDLPZ-II/DJCC/UTJ/INF/00124/2014, recomienda anular el Informe y la Vista de Cargo de la Gerencia Distrital I, de fecha 14 de marzo de 2014, por considerar que no cumplen con lo determinado en el art. 96 del CTB; la Gerencia Distrital II La Paz en uso de sus facultades anulo el Informe CITE: SIN/GDLPZ/SFVE/INF/552/2014, y la Vista de Cargo CITE:SIN/GDLPZ/DF/SFVE/VC/50/2014, sugiriendo la pronta emisión de estos actos administrativos en su reemplazo.
El 18 de diciembre de 2014, se emitió el informe de Actuación CITE: SIN/GDLPZ-II/DF/VE/INF/8088, como también la Vista de Cargo Nº 29-0358-14 (CITE: SIN/GDLPZ/DF/VE/VC/298/2014), en la cual se estable preliminarmente la deuda tributaria de UFV3.276.197 (tres millones doscientos setenta y seis mil ciento noventa y siete UFV) equivalente a Bs6.585.975 (seis millones quinientos ochenta y cinco mil novecientos setenta y cinco 00/100 bolivianos), importe que incluye tributo omitido, mantenimiento de valor, intereses, multas por incumplimiento de los deberes formales y la sanción preliminar por la conducta del contribuyente; notificándose con este actuado al contribuyente el 30 de diciembre de 2014.
Luego de la presentación de descargos por parte del sujeto pasivo, se procedió a emitir la Resolución Determinativa Nº 17-053-15 de 30 de marzo de 2015, resolviendo e intimando al contribuyente Rene Alex Zegarra Valdez, al pago de la deuda tributaria de UFV2.394.718 (dos millones trescientos noventa y cuatro mil setecientos dieciocho UFV), equivalente a Bs4.884.197 (cuatro millones ochocientos ochenta y cuatro mil ciento noventa y siete 00/100 bolivianos); contra esta determinación el contribuyente interpuso recurso de alzada, que fue resuelto mediante la Resolución de Recurso de alzada ARIT-LPZ/RA 0833/2015 de 12 de octubre, disponiendo anular obrados hasta el vicio más antiguo, hasta la Vista de Cargo Nº 29-0358-14 (CITE: SIN/GDLPZ/DF/VE/VC/298/2014) de 18 de diciembre de 2014, debiendo la Gerencia Distrital II de La Paz emitir un nuevo acto preliminar cumpliendo los requisitos estipulados en el art. 96 del CTB y el art. 18 del DS 27310.
La Administración Tributaria en conocimiento de la decisión asumida en alzada, interpuso recurso jerárquico, que fue resuelto mediante la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 2065/2015 de 22 de diciembre, en la cual la Autoridad de Impugnación Tributaria resolvió confirmar la Resolución de Recurso de alzada ARIT-LPZ/RA 0833/2015 de 12 de octubre; determinación que causaría un gran perjuicio a la Gerencia Distrital II de La Paz del SIN, al intentar retrotraer obrados hasta de actuaciones que habrían sido emitidas conforme a Ley; por lo que, interpone la presente demanda Contenciosa Administrativa.
CONSIDERANDO II:
Que del Informe de 1 de julio de 2016, del Secretario de la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia (fs. 191), los antecedentes cursantes en los respectivos expedientes, se acredita que en Secretaria de la Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera de este Tribunal, se recibió:
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