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TSJReiteradora

AS/0468/2023

Tribunal Supremo de Justicia
14 de noviembre de 2023Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Nulidades / Procede / Por falta de fundamentación y motivación

La parte recurrente acusó, vulneración del art. 202 del Código Procesal del Trabajo concordante con el art. 213-II, núm. 3 y 4 del Código de Procedimiento Civil, denotando en la sentencia que en su parte resolutiva no establece fundamentación, ni una motivación suficiente en lo que respecta al sueld...

Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 2da
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA

AUTO SUPREMO Nº 468/2023

Sucre, 14 de noviembre de 2023

DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES

Expediente : 528/2023

Demandante : José Miguel Suarez Raldes y otros.

Demandado : Compañía Boliviana de Gas Natural ..Comprimido GENEX S.A.

Proceso : Beneficios Sociales

Distrito : Santa Cruz

Relator :Mgdo. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS EN SALA: El recurso de casación en la forma y el fondo de fs. 1648 a 1652 y vlta., deducido por la Compañía Boliviana de Gas Natural Comprimido GENEX S.A., impugnando el Auto de Vista N° 270 de 13 de diciembre de 2022, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Administrativa y Coactiva Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz de fs. 1623 a 1626, dentro del proceso social de pago de Beneficios Sociales seguido por José Miguel Suarez Raldes, Pedro Sánchez Liceras, Alberto Sánchez Liceras, Franz Miguel Aguirre Menacho y Arturo Campos Cabezas contra la Empresa recurrente, el Auto Interlocutorio N° 92/2023 de 04 de agosto, de fs. 1659, que concedió el recurso, Auto 528/2023-A de 14 de septiembre de fs. 1667 y vta. que admitió el recurso, los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I.

I.1. Antecedentes del proceso.

Sentencia.

Tramitado el proceso laboral de beneficios sociales, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 58/2021 26 de julio, de fs. 1582 a 1589, declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 38-42, aclarada a fs. 45 a 48 y vlta., sin costas, debiendo la Compañía de Gas Natural Comprimido GENEX S.A., debiendo cancelarse los beneficios sociales; así también le corresponde el pago de la multa del 30% y la actualización establecida por el art. 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo del 2008; siendo el monto equivalente a sus derechos y beneficios sociales los siguientes:

José Miguel Suarez Raldes. - Con un tiempo de servicios de el 12/05/2005 hasta el 13/02/2016, con un sueldo promedio de Bs. 7.600.-

Desde la gestión 2006 al 2016

Subtotal………………………..Bs. 55.994,27.-

Multa 30%...............................Bs. 16.798,28.-

TOTAL…………………………Bs. 72.792,55.-

Pedro Sánchez Liceras. - Con un tiempo de servicio desde el 24/03/2008 hasta el 08/09/2017, con un sueldo promedio de Bs. 4.281,70.-

Desde la gestión 2008 al 2017

Subtotal…………………………..Bs. 20.299,70.-

Multa 30%..................................Bs. 6.089,91.-

TOTAL……………………………Bs. 26.389,61.-

Alberto Sánchez Liceras. - Con un tiempo de servicio desde el 24/03/2008 hasta el 08/09/2017, con un sueldo promedio de Bs. 4.618,50.-

Desde la gestión 2008 a 2017

Subtotal…………………………..Bs. 23.073,36.-

Multa 30%..................................Bs. 6.922,00.-

TOTAL……………………………Bs. 29.995,36.-

Franz Miguel Aguirre Menacho. - Con un tiempo de servicio desde el 01/07/2006 hasta el 13/06/2015, con un sueldo promedio de Bs. 5.602,80.-

Desde la gestión 2006 al 2015

Subtotal……………………………Bs. 35.110,86.-

Multa 30%....................................Bs. 10.533.25.-

TOTAL……………………………..Bs. 45.644,11.-

Arturo Campos Cabezas. - Con un tiempo de servicios desde el 28/10/2003 hasta el 08/09/2017, y con un sueldo promedio de Bs. 6.344,90.-.

Desde la gestión 2003 al 2017

Subtotal……………………………Bs. 51.901,46.-

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NULIDAD DE OBRADOS/ El no motivar una resolución, impide a las partes conocer las razones que sustentan el fallo, debiendo ser lógicas y claras, para establecer la credibilidad de la sociedad civil en la jurisdicción y poder fundamentar sus recursos aperturando la competencia del superior en grado, su incumplimiento dispondrá la nulidad de obrados.

Datos del proceso

Demandante
José Miguel Suarez Raldes y otros.
Demandado
Compañía Boliviana de Gas Natural ..Comprimido GENEX S.A.
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Artículo 265 del Código de Procesal Civil.

Tribunal Supremo de Justicia14 de noviembre de 2023AS/0468/2023Fuente oficial