Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0469/2020-RA

Tribunal Supremo de Justicia
23 de octubre de 2020Civil
Proceso
Anulabilidad de escritura pública y otro.
Sala
Civil
Año
2020

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A  C I V I L

Auto Supremo: 469/2020-RA

Fecha: 23 de octubre de 2020

Expediente: CB-38-20-S.

Partes: Banco de Crédito de Bolivia S.A representado legalmente por Divac Norman

Escobar Pinto c/ Jaime Cervantes Arancibia y otros.

Proceso: Anulabilidad de escritura pública y otro.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1151 a 1155 vta., presentado por Jaime Cervantes Arancibia y María Serrudo de Cervantes contra el Auto de Vista de 23 de julio de 2020, cursante de fs. 1140 a 1146 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso de anulabilidad de escritura pública más pago de daños y perjuicios, seguido por el Banco de Crédito de Bolivia S.A representado legalmente por Divac Norman Escobar Pinto, contra de los recurrentes, el Auto de concesión a fs. 1177, y todo lo inherente; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. El Banco de Crédito de Bolivia S.A. representado por Alicia Teresa Janneth Vargas Claure de fs. 699 a 712 vta., inicio proceso de anulabilidad de escritura pública más pago de daños y perjuicios contra Jaime Cervantes Arancibia, María Serrudo de Cervantes, Leonardo Fabio Pool Gómez García, Arturo Ruperto Pool Gómez, Ximena Fedra Gómez García Dalenz y Arturo Ruperto Pool Gómez, quienes una vez citados, Ximena Fedra Gómez García Dalenz contestó la demanda y opone las excepciones perentorias de falta de legitimidad y la de prescripción de restitución de dineros, asimismo, Dora Neyza Maldonado Angulo defensora de oficio de Arturo Ruperto Pool Gómez por sí y en su condición de tutor ad litem del menor Leonardo Fabio Pool Gómez García contestaron la demanda opusieron las excepciones perentorias de falsedad, ilegalidad, improcedencia, falta de acción y derecho, desarrollándose así el proceso hasta la emisión de la Sentencia de 10 de julio de 2017, cursante de fs. 1074 a 1083 vta., que declaró PROBADA la demanda y sin lugar al pago del daño emergente y lucro cesante, su Auto de complementación de 17 de julio de 2017 a fs. 1087.

2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Jaime Cervates Arancibia y María Serrudo de Cervantes, mediante memorial de fs. 1089 a 1091 vta., originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista de 23 de julio de 2020, cursante de fs. 1140 a 1146 vta., CONFIRMANDO la Sentencia de 10 de julio de 2017, cursante de fs. 1074 a 1083 vta.

3. Resolución de segunda instancia recurrida en casación por Jaime Cervantes Arancibia y María Serrudo de Cervantes, mediante memorial de fs. 1151 a 1155, que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

Mostrando 17 de 34 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Banco de Crédito de Bolivia S.A representado legalmente por Divac Norman Escobar Pinto
Demandado
Jaime Cervantes Arancibia y otros.
Proceso
Anulabilidad de escritura pública y otro.
Tribunal Supremo de Justicia23 de octubre de 2020AS/0469/2020-RAFuente oficial