Texto del fallo
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 471
Sucre: 10 de octubre de 2014
Expediente: CH-61-09-S
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Relator: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos
VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Jorge Luís Inch López, contra el Auto de Vista Nº 343 de 14 de noviembre de 2009 pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, en el proceso sobre rendición de cuentas, seguido por el recurrente contra Alberto Antonio Inch Ibáñez, la respuesta de fojas 347 y vuelta, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I.- Relación de Causa: que, la Jueza de Partido Mixto y de Sentencia de la ciudad de Camargo pronunció la Sentencia Nº 201 de 8 de agosto de 2009 (fojas 300 a 303 vuelta), declarando improbada la demanda, probada la reconvención, probada la excepción de falta de acción y derecho del demandante e improbada la excepción de imprecisión en la reconvención; sin costas. Corregido por Auto de fojas 306 vuelta.
Deducida la apelación por el demandante, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca mediante Auto de Vista Nº 343 de 14 de noviembre de 2009 (fojas 336 a 340 vuelta), anula obrados hasta fojas 214 vuelta, a efecto de cumplirse con la excusa de la Jueza a quo.
Esta resolución superior dio lugar al recurso de casación interpuesto por el demandante Jorge Luís Inch López, en los términos expresados en su memorial de fojas 343 a 344.
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