Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0471/2015

Tribunal Supremo de Justicia
25 de junio de 2015CivilMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Autorización Judicial
Sala
Civil
Año
2015

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 471/2015 - L

Sucre: 25 de Junio 2015

Expediente: T-19-10-S

Partes: Andrés Misael Peña Coca c/David Martin Peña Coca y Otra

Proceso: Autorización Judicial

Distrito: Tarija

VISTOS: El recurso de casación de fs. 130 a 131 y vta., interpuesto por David Martin Peña Coca contra el Auto de Vista N° 24/2010 S.C. 1ra de fecha 23 de abril de 2010, de fs. 126 a 127, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Tarija, dentro del proceso de Autorización Judicial seguido por Andrés Misael Peña Coca contra David Martin Peña Coca y Lidia Jurado Mamani, la contestación de fs. 134 a 135 y vta., el Auto de concesión de fs. 136 y vta., los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:

El Juez de Partido Cuarto en lo Civil y Comercial de la ciudad de Tarija, pronunció Sentencia de fecha 2 de Diciembre de 2009 de fs. 96 a 97 y vta., FALLA declarando PROBADA la demanda de fs. 20 a 21 y vta., modificada y ampliada a fs. 24 a 25, sin costas. En consecuencia, se dispone que la Sra. Registradora de Derechos Reales, proceda a la anotación preventiva de la Escritura Publica N° 1.229/2006 de fs. 3 a 4 y vta., sobre el bien inmueble con Matricula N° 6.01.1.01.0004028, respetándose los gravámenes hipotecarios a favor del Banco Mercantil Santa Cruz S.A., para lo cual y una vez ejecutoriada la Sentencia, se librara la Ejecutorial correspondiente para su registro en Derechos Reales, y sea previo cumplimiento con los requisitos exigidos para el efecto.

Contra la referida Sentencia de fecha 2 de Diciembre de 2009 de fs. 96 a 97 y vlta., David Martin Peña Coca y Lidia Jurado Mamani interponen recurso de apelación de fs. 100 y vta., recurso que previa sustanciación, es resuelto por Auto de Vista N° 24/2010 S.C. 1ra de fecha 23 de abril de 2010, de fs. 126 a 127, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Tarija, por el cual, CONFIRMA la Sentencia apelada. Resolución que dio lugar al recurso de casación presentado por David Martin Peña Coca y Lidia Jurado Mamani, el mismo que merece el presente análisis.

CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Mostrando 13 de 25 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Andrés Misael Peña Coca
Demandado
David Martin Peña Coca y Otra
Proceso
Autorización Judicial
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani
Tribunal Supremo de Justicia25 de junio de 2015AS/0471/2015Fuente oficial