Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 471/2016-RA
Sucre: 11 de mayo 2016
Expediente: LP-60-16-S
Partes: Teodoro Mamani Mendoza c/ Blacida Rossemary Aguilera Ayala y Otros.
Proceso: Nulidad de Contratos
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 481 a 486, formulado por Teodoro Mamani Mendoza (demandante), contra el Auto de Vista Nº 296/2015 de 25 de agosto de 2015, de fs. 473 a 475 vta., pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de Nulidad de Contratos seguido por Teodoro Mamani Mendoza en contra de Blacida Rossemary Aguilera Ayala, Blanca Campos Mariscal, Posibles Herederos de Dolores Pérez de Mamani y ECOFUTURO S.A; la contestación de fs. 488 a 491 vta., el Auto de concesión de fs. 501, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
La Jueza Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, pronunció Sentencia Nº 259/2014 de fecha 12 de noviembre de 2014 de fs. 432 a 437 vta., que, declara IMPROBADA en todas sus partes la demanda de Nulidad de Contratos y Cancelación de Registro Propietario y Gravamen Hipotecario, formulado por Teodoro Mamani Mendoza a fs. 25 a 29 de obrados; asimismo IMPROBADA la Excepción Perentoria de Falta de acción y Derecho formulada por ECOFUTURO S.A. FFP.
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