Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 475
Sucre, 16 de julio de 2024
Expediente: 291-2024
Demandante: Héctor Ramón Gutiérrez Mogro
Demandado: Empresa Construcciones y Servicios “CONSERVSA”
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: Tarija
Magistrada Relatora: Nuria Gisela Gonzáles Romero
VISTOS: El recurso de casación de fojas 300 a 301, interpuesto por Humberto Sanjinés Soruco, en representación de la Empresa Construcciones y Servicios “CONSERVSA”, impugnando el Auto de Vista Nº 98/2022 de 20 de junio, cursante a fojas (202 a 203 vta.), pronunciado por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Única del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro de la demanda de pago de beneficios sociales, seguida por Héctor Ramón Gutiérrez Mogro contra la empresa recurrente, sin respuesta de contrario; el Auto Interlocutorio N° 44/2024 de 2 de abril de 2024, cursante de fs. 305 que concedió el recurso; Auto Interlocutorio N° 104 de 6 de mayo de 2024 que admitió el recurso (fojas 311 a 312); los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social y Público de la Niñez y Adolescencia 1° de Yacuiba, emitió la Sentencia de 29 de junio de 2021, de fojas 170 a 173, declarando PROBADA la demanda laboral de fs. 104 a 107 de obrados, con costas a su favor, disponiendo que la empresa CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS CONSERVSA representada por HUMBERTO SANJINÉS SORUCO, pague a su ex trabajador HECTOR RAMÓN GUTIÉRREZ MOGRO los derechos y beneficios sociales conforme a la siguiente liquidación:
Tiempo de servicios: 5 años y 8 meses
Salario promedio indemnizable: Bs. 10.000,00
Sueldos devengados Gestión 2017: Bs. 3.800,00
Sueldos devengados Gestión 2018: Bs. 120.000,00
Sueldos devengados Gestión 2019: Bs.110.000,00
Subsidio de frontera: Bs. 136.000,00
Indemnización por años de trabajo: Bs. 56.666,00
Aguinaldo de la Gestión 2018: Bs. 10.000,00
Aguinaldo de la Gestión 2019: Bs. 6.666,00
Subsidio Prenatal y Postnatal: Bs. 28.887,00
Desahucio: Bs. 30.000,00
Vacaciones por 2 gestiones: Bs. 10.000,00
TOTAL: Bs.512.019,00
Dispuso por otra parte que el demandando debe realizar el pago a su ex trabajador, dentro de tercero día de la ejecutoriada la sentencia, más costas procesales a liquidarse en ejecución de sentencia; bajo conminatoria de disponerse su apremio en caso de incumplimiento, sin perjuicio de aplicarse el reajuste o actualización prevista por el D.S. 28 699.
I.2. Auto de Vista.
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 98/2022 de 20 de junio de fojas 202 a 203 vta., la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Única del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija “DECLARÓ” INADMISIBLE el recurso de apelación de fs. 190-191 vta.
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