Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 476/2012
Sucre: 12 de diciembre de 2012
Expediente: CH-57-12-COM
Partes: Asociación de Jubilados de la Universidad de San Francisco Xavier de Chuquisaca c/ Orlando Montero Vaca y otro.
Proceso: Recurso de Compulsa.
Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: El recurso de compulsa de fojas 8 a 9 de obrados, interpuesto por Orlando Montero Vaca y Hugo Salvatierra Oporto como apoderado de Carlos García Villalpando, contra el Auto de Vista No 285/2012, de fecha 26 de octubre de 2012, que niega la concesión del recurso de casación, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario sobre Rendición de Cuentas seguido por la ASOCIACION DE JUBILADOS DE SAN FRANCISCO XAVIER DE CHUQUISACA contra los compulsantes Orlando Montero Vaca y Carlos García Villalpando, los antecedentes del testimonio y ;
CONSIDERANDO I:
De la revisión de los datos que cursan en fotocopias legalizadas y del proceso original remitido, se llega a establecer que dentro del caso up supra, el Juez Quinto de Partido en Materia Civil y Comercial de la Capital, pronuncia los Autos interlocutorios cursantes a fs. 1144 vlta. 1145, 1146 a 1147 todos de fecha 20 de julio de 2012, que repone y admite incidente de nulidad planteado por el co demandado Orlando Montero Vaca, que concede recurso de apelación interpuesto por Víctor Tórrez Ramírez en el efecto suspensivo ante el superior en grado y el ultimo Auto que rechaza la solicitud de perención de instancia solicitada por el codemandado Orlando Montero Vaca
Contra estas tres determinaciones, los codemandados Orlando Montero Vaca y Carlos García Villalpando formularon recurso de apelación que fue concedido en efecto devolutivo de conformidad con el art. 225 num. 3) del Código de Procedimiento Civil, mediante Auto de fecha 3 de Octubre de 2012, ante la concesión de este recurso, los codemandados plantean recurso de reposición solicitando que se conceda en el efecto suspensivo y no devolutivo, dictando el Juez de Partido Auto que rechaza la reposición y la apelación alterna, en conocimiento del recurso de apelación el Tribunal de Alzada pronunció Auto de Vista Nro. 285/2012 de fecha 26 de octubre de 2012, mediante el cual confirman totalmente los Autos apelados.
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