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TSJ

AS/0477/2007

Tribunal Supremo de Justicia
24 de abril de 2007Social 2daMag. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2007

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 477

Sucre, 24 de abril de 2.007

DISTRITO: Beni PROCESO: Social.

PARTES: Danny Alberto Dellién c/ AASANA Beni-Pando

MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.

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VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 80, interpuesto por René Villarroel Rada, Director Regional de AASANA Beni-Pando contra el auto de vista de 25 de enero de 2007 (fs. 73-75) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni; dentro el proceso social seguido por Danny Alberto Dellién Vaca contra AASANA, la respuesta de fs. 137, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad Trinidad-Beni, emitió la sentencia Nº38/06 de 21 de noviembre de 2006 (fs. 46-49), declarando probada en parte la demanda de fs. 12-13, disponiendo que AASANA pague al demandante Bs. 50.638,84.- por concepto de desahucio, indemnización, vacación y aguinaldo.

En grado de apelación deducida por la parte demandada, por auto de vista de 25 de enero de 2007 (fs. 73-75), fue confirmada en parte la sentencia apelada, reconociéndose a favor del actor como parte del sueldo promedio, el bono de refrigerio, debiendo pagar AASANA la suma de Bs. 55.223.84.-, sin costas.

Este fallo motivó el recurso de casación (fs. 80), interpuesto por el Director Regional de AASANA, expresando de manera breve que el auto de vista dictado por el tribunal ad quem causa agravio a la entidad que representa, solicitando se anulen y casen la sentencia y el auto de vista recurrido

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civ.; además de fundamentar por separado de manera precisa y concreta cuáles son las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

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Datos del proceso

Demandante
Danny Alberto Dellién
Demandado
AASANA Beni-Pando
Proceso
Social.
Magistrado relator
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Tribunal Supremo de Justicia24 de abril de 2007AS/0477/2007Fuente oficial