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TSJ

AS/0478/2008

Tribunal Supremo de Justicia
2 de octubre de 2008Social 1eraMag. Beatriz Sandoval
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2008

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 82/05

AUTO SUPREMO Nº 478 - Social Sucre, 02 de octubre de 2008.

DISTRITO: Oruro

PARTES: Jorge Massud Rodríguez c/ Inmobiliaria Virgen del Socavón

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VISTOS: El recurso de casación de fs. 348-351 interpuesto por Roxana Jannette Robles Flores, del Auto de Vista No. 416/2004 de fs. 345-346, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Oruro, en el proceso laboral sobre reconocimiento y pago de beneficios sociales por despido seguido por Jorge Massud Rodríguez contra la Inmobiliaria Virgen del Socavón; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, lo alegado por las partes, y

CONSIDERANDO I: Que, en conocimiento del proceso, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de Oruro emitió la Sentencia No. 76/2004 de fs. 326-329, que declara probada la demanda de fs. 4-5, con costas; determinando que la Inmobiliaria Virgen del Socavón, mediante su personero legal, cancele al ex trabajador Jorge Massud Rodríguez la suma de Bs. 12.824.- por los conceptos de indemnización por tiempo de servicios, desahucio aguinaldo y sueldo devengado por 22 días, liquidado en base a un salario mensual promedio indemnizable de Bs. 2.290.- por 1 Año, 3 meses y 12 días de antigüedad.

Apelada la Sentencia a fs. 332-334 por Roxana Jannette Robles Flores, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de ese Distrito, en alzada, la confirma con costas en ambas instancias, por Auto de Vista No. 416 de fs. 345-346 del que la demandada, ya mencionada y como se tiene referido, plantea el recurso de casación, que se examina.

CONSIDERANDO II: Que, del análisis y conocimiento del memorial recursivo se tiene que, sin embargo de que el texto de la suma alude a la interposición del recurso de casación y, el mismo no es interpuesto formalmente como corresponde, se ingresa al conocimiento del mismo, atenta la infracción que se acusa de los arts. 110 y 120 del Código Procesal del Trabajo, en el contexto de su fundamentación, orientada a la impersonería de la recurrente.

En ese ámbito el recurso se limita a una relación y referencia de la posición de la recurrente en el proceso, como funcionaría de la empresa demanda, la Inmobiliaria Virgen del Socavón, en el desempeño de la Gerencia Administrativa y Financiera, sin capacidad legal de representación para ser demandada y asumir personería por la empresa en el caso de autos.

Condición -afirma- que ha sido acreditada por la prueba testifical y literal que corre en obrados y que no ha sido valorada por la Juez A quo incurriendo en error en sentencia, violando el derecho a la defensa y el debido proceso lo que es ratificado por el Auto de Vista, resultando estas resoluciones emergentes de un proceso que conculca derechos y garantías constitucionales; por lo que, de acuerdo con los arts. 252 y 90 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal de Casación anulará el proceso por estas infracciones que interesan al orden público.

A continuación reconociendo que el actor ha cumplido funciones en la empresa, alega que no lo ha hecho en aquellas para las que fue contratado, como Director de Ventas y, además, incurriendo en abandono de su fuente laboral, como se acredita por la prueba testifical de Fs. 85 Vlta. a 86 y el Libro de Asistencia, documentos refrendados por la Dirección Departamental del Trabajo, por lo que fue despedido con preaviso.

Concluye, como punto fundamental y único de su petitorio, solicitando que el Tribunal de Casación anule obrados, por infracción del art. 254-4) del Adjetivo Civil por el de Alzada al no haberse pronunciado sobre la impersonería reclamada oportunamente ante el "tribunal inferior", que la declara impertinente; hasta el vicio más antiguo, esto es, hasta el ilegítimo pronunciamiento del A quo sobre la excepción de impersonería, lo que será resuelto en casación ante la existencia de infracciones a la Constitución Política del Estado y leyes de orden público.

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Datos del proceso

Demandante
Jorge Massud Rodríguez
Demandado
Inmobiliaria Virgen del Socavón
Magistrado relator
Beatriz Sandoval
Tribunal Supremo de Justicia2 de octubre de 2008AS/0478/2008Fuente oficial