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TSJ

AS/0480/2015

Tribunal Supremo de Justicia
10 de julio de 2015Social 1eraMag. Antonio Campero Segovia
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 480

Sucre, 10 de julio de 2015

Expediente : 99/2015-S

Demandante : José Fabre Pérez

Demandado : Universidad Mayor de San Andrés

Distrito : La Paz

Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 197 a 198, interpuesto por Waldo Albarracín Sánchez, en representación legal de la Universidad Mayor de San Andrés, contra el Auto de Vista N° 236/2014 de 15 de diciembre (fs. 193 y vta.), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso social sobre pago multa del 30% previsto en el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, que sigue José Fabre Pérez contra la entidad recurrente; la respuesta al recurso de casación, a fs. 200; el Auto a fs. 201, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

I. Antecedentes del Proceso

I.1 Sentencia

Promovida la acción y tramitado el proceso laboral, la Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió Sentencia N° 107/2014 de 14 de mayo (fs. 171 a 173 vta.), por la que declaró probada la demanda de fs. 3 a 4; con costas, ordenando en consecuencia la entidad demandada, proceder al pago de la multa del 30% establecida en el art. 9 del DS N° 28699 a favor del actor, por la suma total de Bs.172.048,93.-; monto que deberá ser actualizado en ejecución de Sentencia, de conformidad al mencionado DS N° 28699 de 1 mayo de 2006.

I.2 Auto de Vista

Interpuesto el recurso de apelación por Waldo Albarracín Sánchez, en representación de la Universidad demandada (fs.179 a 180), mediante Auto de Vista N° 236/2014 de 15 de diciembre (fs.193 y vta.), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó la Sentencia N° 107/2014 de 14 de mayo (fs. 171 a 173 vta.); sin costas conforme lo previsto por el art. 39 de la Ley N° 1178.

II. Motivos del Recurso de Casación

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Criterio

“…al no haber procedido la parte empleadora con el pago de la indemnización y los demás derechos laborales que correspondían al trabajador, en el plazo de quince días calendario de concluida la relación laboral, es correcta la aplicación de la multa del 30% regulado por el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, no siendo indebida su aplicación…”

Datos del proceso

Demandante
José Fabre Pérez
Demandado
Universidad Mayor de San Andrés
Magistrado relator
Antonio Campero Segovia

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Terminación de la relación laboral / Finiquito / Multa por mora en su cancelación / Procede
Tribunal Supremo de Justicia10 de julio de 2015AS/0480/2015Fuente oficial