Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0482/2008

Tribunal Supremo de Justicia
2 de octubre de 2008Social 1eraMag. Jaime Ampuero García
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2008

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 16/05

AUTO SUPREMO Nº 482 - Social Sucre, 02 de octubre de 2008.

DISTRITO: Oruro

PARTES: Awadhesh Kumar Srivastaba c/ Complejo Metalúrgico Vinto S.A.

= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

VISTOS: El recurso de casación de fs. 278-279 interpuesto por Oscar Rolando Rodríguez Alcócer, apoderado legal de Awadhesh Kumar Srivastaba, del Auto de Vista No. 419/2004 de fs. 274-275, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Oruro, en el proceso laboral sobre reconocimiento y pago de beneficios sociales y sueldo devengado, seguido por el recurrente contra el Complejo Metalúrgico Vinto S.A.; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, lo alegado por las partes, el Dictamen Fiscal de fs. 288-289, y

CONSIDERANDO I: Que, en conocimiento del proceso, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de Oruro emitió la Sentencia No. 73/2004 de fs. 252-255, que declara probadas en parte tanto la demanda de fs. 25-26, complementada a fs. 28 y Vlta., como la excepción de falta de acción y derecho de fs. 38-39; determinando que el Complejo demandado cancele al actor el salario de 16 días de mayo de 2002, sin lugar al reconocimiento de desahucio, indemnización ni vacación; en base a un salario mensual de $us 1.500.-

Apelada la Sentencia a fs. 258-259 por el apoderado del actor, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de ese Distrito, en alzada, la confirma, con costas en ambas instancias.

Resolución contenida en el Auto de Vista No. 419/2004 de fs. 274-275 del que el demandante, ya mencionado y como se tiene referido, interpone el recurso de casación que se examina.

CONSIDERANDO II: Que, del conocimiento del mismo se tiene que el recurrente se ocupa, en principio, de efectuar una relación de los antecedentes del nexo laboral entre las partes y, en ese ámbito, la circunstancia en la que actor se ausentó de sus funciones a Londres - Inglaterra, alegando que fue con permiso verbal y destinado a la compra de concentrados. Que no hubo abandono de trabajo y que, por el contrario, fue despedido unilateralmente, señalando como prueba de ello el compromiso de la empresa de cancelar sus beneficios sociales, en base a los finiquitos de fs. 7 y 50, el comprobante de egreso No. 001391 y el cheque No. 96734 del Banco Nacional de Bolivia por $us 8.628,27, que no pudo ser cobrado por estar ausente del país.

Continúa impugnando la validez legal de la nota de aviso de abandono de trabajo a la Dirección Departamental del Trabajo, en la que aparecen cargos de presentación anteriores a la fecha del documento. Por otra parte, refiere que en la audiencia de conciliación la representante de la empresa declaró que no se dio parte de ese abandono, conforme se acredita por el certificado de fs. 24.

Continúa aseverando que la prueba testifical de cargo cumple con la segunda parte del art. 178 del Código Procesal del Trabajo, si el testigo declara con absoluta sinceridad y pleno conocimiento de los hechos; no siendo evidente lo afirmado en el Auto de Vista sobre incumplimiento de esa norma y la del art. 169

Finaliza acusando la infracción de los arts. 1º, 4 y 13 de la Ley General del Trabajo, 8 y 12 de su Reglamento, 59, 66 y 159 del Procesal Laboral; por lo que el Auto de Vista carece de fundamento legal, no se valoran las pruebas en su justa dimensión y se olvida que las leyes sociales protegen a la parte laboral.

Mostrando 14 de 27 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Awadhesh Kumar Srivastaba
Demandado
Complejo Metalúrgico Vinto S.A.
Magistrado relator
Jaime Ampuero García
Tribunal Supremo de Justicia2 de octubre de 2008AS/0482/2008Fuente oficial