Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 482 Sucre, 11 de diciembre de 2009
Expediente: Santa Cruz 217/03
Partes: Ministerio Público c/ Francisco Germán Montero Coronel y Marcela Quiroga Jiménez.
Tráfico de Sustancias Controladas.
Ministro Relator: José Luis Baptista Morales
**********************************************************************************************************
VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 5 de abril de 2003 (fojas 312 a 315) por Francisco Germán Montero Coronel, impugnando el Auto de Vista emitido el 19 de febrero de ese año (fojas 310 a 311) por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz en el proceso seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y contra Marcela Quiroga Jiménez con imputación por comisión de delitos tipificados por la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas.
CONSIDERANDO: que el mencionado recurso de casación fue presentado porque el Auto de Vista de referencia confirmó la sentencia pronunciada respecto a ese caso por el Juzgado de Partido Tercero de Sustancias Controladas de la ciudad de Santa Cruz, que condenó a cada uno de los dos imputados a la pena de diez años de presidio por ser autores del delito de tráfico de estupefacientes tipificado por el artículo 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas.
Que el impetrante expuso su petitorio invocando las causales de casación establecidas por el artículo 298 del Código de Procedimiento Penal de 1972, pues, según sostuvo, el Auto de Vista objetado incurrió en infracción directa de normas procesales, aplicación indebida de normas sustantivas e interpretación errónea de la Ley, porque tanto el Tribunal de Sustancias Controladas como el de Alzada basaron sus respectivos fallos en declaraciones que él prestó durante la fase de investigaciones y durante la etapa de enjuiciamiento, lo cual carece de valor ante el principio que señala que nadie está obligado a declarar contra sí mismo.
Mostrando 10 de 19 parrafos.