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TSJ

AS/0482/2020-RA

Tribunal Supremo de Justicia
26 de octubre de 2020Civil
Proceso
Usucapión decenal o extraordinaria.
Sala
Civil
Año
2020

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 482/2020-RA

Fecha: 26 de octubre de 2020

Expediente: CH-44-20-S.

Partes: Walter Barja Beramendi y María Rosario Dávalos Ramírez c/ Los

presuntos herederos de Mamerto Carreón y Encarnación Moscoso,

Terceras personas que puedan tener derecho y terceras interesadas.

Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Walter Barja Beramendi y María Rosario Dávalos Ramírez representados legalmente por Narda Lised Barja Dávalos cursante de fs. 974 a 978 vta., contra el Auto de Vista N° 122/2020 de 07 de septiembre cursante de fs. 961 a 967, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria por los recurrentes contra los presuntos herederos de Mamerto Carreón y Encarnación Moscoso, terceras personas que puedan tener derecho y terceras Interesadas, la contestación cursante de fs. 986 a 988 vta. y el Auto de concesión de 20 de octubre de 2020 cursante a fs. 989, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Con base en la demanda cursante de fs. 132 a 136 subsanada a fs. 157 y vta. de obrados, Walter Barja Beramendi y María Rosario Dávalos Ramírez, iniciaron el proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria contra los presuntos herederos de Mamerto Carreón y Encarnación Moscoso, Terceras personas que puedan tener derecho y Terceras Interesadas, quienes una vez citados mediante edictos y ante su incomparecencia se les designo defensor de oficio quien contesto negativamente a la demanda según memorial cursante de fs. 756 a 757 vta; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse Sentencia N° 53/2019 de 17 de junio, cursante de fs. 868 a 876, donde el Juez Público Mixto, Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal N° 1 de Tomina de Chuquisaca declaró: IMPROBADA la demanda en todas sus partes.

Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Walter Barja Beramendi y María Rosario Dávalos Ramírez representados legalmente por Narda Lised Barja Dávalos conforme memorial cursante de fs. 890 a 895; la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista N° 122/2020 de 07 de septiembre cursante de fs. 961 a 967, CONFIRMANDO la sentencia apelada.

Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Walter Barja Beramendi y María Rosario Dávalos Ramírez representados legalmente por Narda Lised Barja Dávalos conforme memorial cursante de fs. 974 a 978 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Walter Barja Beramendi y María Rosario Dávalos Ramírez
Demandado
Los presuntos herederos de Mamerto Carreón y Encarnación Moscoso, Terceras personas que puedan tener derecho y terceras interesadas.
Proceso
Usucapión decenal o extraordinaria.
Tribunal Supremo de Justicia26 de octubre de 2020AS/0482/2020-RAFuente oficial