Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº 483
Sucre, 12 de septiembre de 2019
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES:
Expediente : 330/2019
Demandante : Mery Aidee Alcocer Coca.
Demandado : Empresa Línea Sindical Trans. Azul.
Materia : Social (Beneficios Sociales)
Distrito : Oruro.
Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Walter Morante Navarro en representación legal de la Empresa Línea Sindical Trans Azul de fs. 119 a 120 de obrados, contra del Auto de Vista AV-SECCASA - 142/2019 de 8 de agosto, pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; el Auto Interlocutorio Nº 91/2019 de 26 de agosto, de fs. 125, que concedió el recurso, lo obrado en el proceso, y;
I. CONSIDERACIONES LEGALES:
En virtud a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo, en la materia, en tanto no tenga regulación específica, se aplica supletoriamente lo regulado en el adjetivo civil.
Al presente, estando en vigencia plena la Ley 439 Código Procesal Civil (CPC), que establece en su Disposición Abrogatoria Segunda, la abrogatoria del Código de Procedimiento Civil, determinando en su Disposición Transitoria Sexta, que: “Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y en casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”.
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