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TSJ

AS/0484/2023-RA

Tribunal Supremo de Justicia
5 de junio de 2023Civil
Proceso
Reivindicación
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 484/2023-RA

Fecha: 05 de junio de 2023

Expediente: LP-93-23-S.

Partes: Arturo Enrique Ivanov Jerez Dávila c/ Claudio Santander Mamani.

Proceso: Reivindicación.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 227 a 235 vta., interpuesto por Arturo Enrique Ivanov Jerez Dávila contra el Auto de Vista N° 143/2023 de 29 de marzo, corriente de fs. 222 a 223 vta., y su auto complementario de enmienda a fs. 225, pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de reivindicación, seguido por el recurrente contra Claudio Santander Mamani; la contestación de fs. 240 a 243; el Auto de concesión de 02 de mayo de 2023 visible a fs. 244, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Arturo Enrique Ivanov Jerez Dávila, por memorial de fs. 43 a 44 vta., subsanado de fs. 49 a 50, promovió el proceso ordinario de reivindicación contra Claudio Santander Mamani, quien una vez citado, mediante escrito obrante de fs. 105 a 110, opuso excepciones previas de falta de legitimación pasiva, demanda defectuosa propuesta y llamamiento en causa de un tercero, respondiendo de forma negativa a la demanda y promovió reconvención por nulidad de escritura pública; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 296/2021 de 27 de julio, obrante de fs. 173 a 176, en la que el Juez Público Civil y Comercial 10° de la ciudad de El Alto – La Paz, declaró PROBADA la reivindicación, condenando al demandado a la restitución del bien inmueble objeto de litigio al demandante, en el plazo de tres días de ejecutoriada la Sentencia.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Claudio Santander Mamani, mediante escrito visible de fs. 179 a 181 vta., dio lugar a que la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 143/2023 de 29 de marzo, saliente de fs. 222 a 223 vta., y su auto complementario de enmienda a fs. 225, que ANULÓ obrados hasta fs. 111 inclusive, disponiendo que el A quo regularice procedimiento.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Arturo Enrique Ivanov Jerez Dávila, según memorial que sale de fs. 227 a 235 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado, establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Arturo Enrique Ivanov Jerez Dávila
Demandado
Claudio Santander Mamani
Proceso
Reivindicación
Tribunal Supremo de Justicia5 de junio de 2023AS/0484/2023-RAFuente oficial