Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 486/2021-RA
Fecha: 07 de junio de 2021
Expediente: O-19 -21-S
Partes: Román, Daniel, Leonor Teodora, Rosa y Martin todos Bautista Canaviri
representados por Roció Bautista Mamani c/ Félix Bautista Canaviri.
Proceso: Nulidad de documentos.
Distrito: Oruro.
VISTOS: El recurso de casación cursante a fs. 145 a 146, interpuesto por Félix Bautista Canaviri contra el Auto de Vista N° 108/2021 de 19 de abril, cursante de fs. 132 a 141 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera, Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso de división y partición seguido por Román, Daniel, Leonor Teodora, Rosa y Martin todos Bautista Canaviri representados por Roció Bautista Mamani contra el recurrente, la contestación al recurso de casación cursante de fs. 149 a 150 vta.; el Auto de concesión N° 44/2021 de 14 de mayo cursante a fs. 151, todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO.
1. Con base en la demanda cursante de fs. 24 a 26, Román, Daniel, Leonor Teodora, Rosa y Martin todos Bautista Canaviri representados por Roció Bautista Mamani, iniciaron un proceso ordinario de división y partición; dirigido contra Félix Bautista Canaviri, quien una vez citado contestó negativamente a la demanda e interpuso excepciones mediante memorial cursante de fs. 62 a 64; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia Nº 19/2020 de 04 de marzo, cursante de fs. 102 a 105, donde la Juez Público Civil y Comercial 11° de la ciudad de Oruro, declaró PROBADA la demanda principal.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Félix Bautista Canaviri, mediante memorial cursante de fs. 109 a 110 vta., originó que la Sala Civil Primera, Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista N° 108/2021 de 19 de abril, cursante de fs. 132 a 141 vta., declarando INADMISIBLE el recurso de apelación.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Félix Bautista Canaviri según memorial cursante de fs. 145 a 146, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
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