Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 487/2014
Sucre: 29 de agosto 2014
Expediente: CB-58-14-S
Partes: Juan Padilla Aguilar. c/ María Vicenta, Adela, Catalina y Félix Padilla Aguilar, presuntos herederos de Justina Padilla Aguilar y Pedro Padilla Aguilar y presuntos interesados.
Proceso: Usucapión
Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación de fs. 416 a 417 vta., interpuesto por Juan Teodoro Chambi Hinojosa contra el Auto de Vista de 13 de enero de 2014, cursante de fs. 412 a 413, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba en el proceso de usucapión seguido por Juan Padilla Aguilar contra María Vicenta, Adela, Catalina y Félix Padilla Aguilar, presuntos herederos de Justina Padilla Aguilar y Pedro Padilla Aguilar y presuntos interesados, la concesión de fs. 434, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Cuarto en lo Civil dicta Sentencia de 5 de marzo de 2009, cursante de fs. 236 a 237 vta., declarando probada la demanda de fs. 09 ampliada a fs. 160 e improbadas las excepciones perentorias opuestas por el defensor de oficio.
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