Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0491/2006

Tribunal Supremo de Justicia
20 de julio de 2006Social 2daMag. Juan José González Osio
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2006

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 491

Sucre, 20 de julio de 2.006

DISTRITO: La Paz PROCESO: Social.

PARTES: Víctor Hugo Rojas Ortega c/ Empresa "QUIMIZA" Ltda.

MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio.

+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++

VISTOS: El recurso de casación de fs. 78, interpuesto por Víctor Hugo Rojas Ortega, contra el Auto de Vista Nº. 112/02 de 15 de octubre de 2002 (fs. 76), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso laboral de pago de beneficios sociales seguido por el ahora recurrente contra la Empresa QUIMIZA Ltda., los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia de fecha 31 de mayo de 2000 (fs. 63-64), declarando probada en parte la demanda de fs. 1-2, ordenando que la empresa demandada, cancele al demandante la suma de Bs. 18.333.33.-, por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo y vacación.

En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 112/02 de 15 de octubre de 2002 (fs. 76), fue revocada en parte la sentencia apelada, declarando no ha lugar al pago de desahucio e indemnización.

Este fallo motivó el recurso de casación (fs. 78), expresando sin fundamento alguno y de manera lacónica que recurre de casación en el fondo, solicitando al Tribunal de casación, para que case el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo declare firme y subsistente la sentencia de primera instancia.

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho debiendo contener los requisitos enumerados en el Art. 258 del Cód. Pdto. Civ.; debe fundamentarse por separado de manera precisa y concreta las causas que motivan la casación en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

Mostrando 11 de 22 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Víctor Hugo Rojas Ortega
Demandado
Empresa "QUIMIZA" Ltda.
Proceso
Social.
Magistrado relator
Juan José González Osio
Tribunal Supremo de Justicia20 de julio de 2006AS/0491/2006Fuente oficial