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TSJ

AS/0494/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
20 de mayo de 2024Civil
Proceso
Acción reconvencional de usucapión decenal o extraordinaria
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 494/2024-RA

Fecha: 20 de mayo de 2024

Expediente: CB-37-24-S

Partes: Daniel Ferrufino y Delina Tapia Quiroz c/ María Candelaria Pardo Castro.

Proceso: Acción reconvencional de usucapión decenal o extraordinaria.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 380 a 386 vta., interpuesto por Daniel Ferrufino y Delina Tapia Quiroz a través de sus representantes legales René Martínez Manríquez y Marina Tapia Quiroz, contra el Auto de Vista de 27 de junio de 2023, que corre de fs. 372 a 376 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso ordinario de acción reconvencional de usucapión decenal o extraordinaria, seguido por Daniel Ferrufino y Delina Tapia Quiroz contra María Candelaria Pardo Castro; la contestación de fs. 389 a 393 vta.; el Auto de concesión de 07 de mayo de 2024, visible a fs. 395, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Daniel Ferrufino y Delina Tapia Quiroz, mediante escrito que cursa de fs. 23 a 29 vta., subsanado por escrito de fs. 33 a 34, planteó demanda de acción de reivindicación de usucapión decenal o extraordinaria, contra María Candelaria Pardo Castro; quien una vez citada mediante memorial saliente de fs. 92 a 103 vta., contestó de manera negativa a la demanda, formuló excepción previa de incompetencia e interpuso acción reconvencional de usucapión decenal, la misma enmendada de fs. 110 a 113 vta. pretensiones que dieron lugar al auto de fs. 196 vta. que declaro desistida la pretensión de los actores; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 126/2019, de 13 de agosto, saliente de fs. 317 a 321, en la que el Juez Público Civil y Comercial 24° de Cochabamba, declaró PROBADA la demanda reconvencional. Sin costas ni costos por ser proceso doble.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Daniel Ferrufino y Delina Tapia Quiroz a través de sus representantes legales René Martínez Manríquez y Marina Tapia Quiroz, mediante memorial que corre de fs. 333 a 340, originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita Auto de Vista Auto de 27 de junio de 2023, visible de fs. 372 a 376 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia de 13 de agosto de 2019. Con costas y costos a la parte recurrente.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Daniel Ferrufino y Delina Tapia Quiroz a través de sus representantes legales René Martínez Manríquez y Marina Tapia Quiroz, según escrito visible de fs. 380 a 386 vta., que es objeto de análisis para su admisión.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

1. De la resolución impugnada.

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Datos del proceso

Demandante
Daniel Ferrufino y Delina Tapia Quiroz
Demandado
María Candelaria Pardo Castro.
Proceso
Acción reconvencional de usucapión decenal o extraordinaria
Tribunal Supremo de Justicia20 de mayo de 2024AS/0494/2024-RAFuente oficial