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TSJReiteradora

AS/0495/2019

Tribunal Supremo de Justicia
6 de septiembre de 2019Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Relación laboral / Alcances / Elementos que la definen

El recurrente alega que se llega a la evidencia que el Señor José Antonio Ledezma a concluido su relación laboral con OASI en el mes de diciembre del año 2011, en mérito a que a partir de esa fecha no fue dependiente de OASI, no estuvo sujeto a horario, dependencia ni remuneración fija mensual, tamp...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/BENEFICIOS SOCIALES
Sala
Social 2da
Año
2019

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Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 495/2019

Sucre, 06 de septiembre de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-TJA. 305/2018

Distrito: Tarija

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación, cursante de fs. 147 a 148 vta., interpuesto por Ferdy Auza Raya, en representación de la Oficina de Asistencia Social de la Iglesia OASI, contra el Auto de Vista Nº 77/2018 de 18 de mayo, cursante de fs. 137 a 143 vta., pronunciado por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Única del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso social sobre pago de beneficios sociales, seguido por José Antonio Ledezma Torrez contra la entidad en cuya representación se recurre, el Auto Nº 28/2018 de 2 de julio, que concedió el recurso (fs. 156 y vta.), el Auto de admisión Nº 326/2018-A de 24 de julio de fs. 165 y vta., los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

I. Antecedentes del Proceso.

I.1. Sentencia.

Admitida la demanda y agotados los trámites del proceso, el Juez de Sentencia y Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Bermejo, emitió la Sentencia Nº 9/2013 de 22 de julio, cursante de fs. 98 a 101 vta., declarando PROBADA en parte la demanda y disponiendo el pago de Bs. 74.873,28, (Setenta y cuatro mil ochocientos setenta y tres 28/100 bolivianos) por conceptos de desahucio, indemnización, sueldos devengados, vacaciones, aguinaldo de Navidad y bono de antigüedad.

Desahucio

Bs.14.258,64

Indemnización

Bs. 4.039,94

Sueldos

Bs.47.608,01

Vacaciones

Bs. 4.475,62

Aguinaldo

Bs. 8.079,88

Reintegro Bono Antigüedad

Bs. 43.20,00

Sub total

Bs. 82.782,09

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Máxima

RELACIÓN LABORAL/Para sustentar la existencia de una relación laboral deben concurrir las siguientes características: dependencia y subordinación, prestación de trabajo y remuneración.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

Artículo 1 del Decreto Supremo N° 23570 de 26 de julio de 1993, ratificado por el artículo 2 de la norma de igual rango N° 28699

Tribunal Supremo de Justicia6 de septiembre de 2019AS/0495/2019Fuente oficial