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TSJ

AS/0497/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
19 de julio de 2022Civil
Proceso
Ordinario de cumplimiento de contrato
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 497/2022-RA

Fecha: 19 de julio de 2022

Expediente: O-47-22-S.

Partes: Martín Luis Bravo Berrios y Patricia Beatriz Castillo Orozco de Bravo c/ Magali Patricia Salas Urna.

Proceso: Ordinario de cumplimiento de contrato.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 419 a 438, interpuesto por Magali Patricia Salas Urna contra el Auto de Vista N° 321/2022 de 06 de junio de fs. 388 a 409 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro dentro del proceso ordinario de cumplimiento de contrato seguido por Martin Luis Bravo Berrios y Patricia Beatriz Castillo Orozco de Bravo contra la recurrente; la contestación de fs. 441 a 445 vta.; el Auto de concesión de 04 de julio de 2022 a fs. 446; todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Martin Luis Bravo Berrios y Patricia Beatriz Castillo Orozco de Bravo, mediante memorial de fs. 18 a 23 y complementado de fs. 42 a 48, iniciaron demanda de cumplimiento de contrato contra Magali Patricia Salas Urna, quien una vez citada por escrito de fs. 90 a 93 respondió negativamente a la demanda, en forma extemporánea; desarrollándose de esa manera la causa hasta dictarse la Sentencia N° 33/2022 de 07 de abril de fs. 312 a 317 vta., donde la Juez Publico, Civil y Comercial N° 5 de la ciudad de Oruro declaró PROBADA en parte la demanda planteada e IMPROBADA con relación a los daños y perjuicios e intereses.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Martin Luis Bravo Berrios y Patricia Beatriz Castillo Orozco de Bravo por memorial de fs. 318 a 320 vta., y por Magali Patricia Salas Urna por escrito de fs. 323 a 339, motivó que Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista N° 321/2022 de 06 de junio de fs. 388 a 409 vta., por el que CONFIRMÓ el auto de 06 de diciembre de 2021 y REVOCÓ parcialmente la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Magali Patricia Salas Urna, según escrito cursante de fs. 419 a 438; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

1. De la resolución impugnada.

Del análisis del Auto de Vista N° 321/2022 de 06 de junio saliente de fs. 388 a 409 vta., se advierte que el mismo resuelve los recursos de apelación que fueron interpuestos contra la Sentencia emitida dentro de un proceso ordinario de cumplimiento de obligación, lo que permite inferir que el mismo se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 270 del Código Procesal Civil.

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Datos del proceso

Demandante
Martín Luis Bravo Berrios y Patricia Beatriz Castillo Orozco de Bravo
Demandado
Magali Patricia Salas Urna
Proceso
Ordinario de cumplimiento de contrato
Tribunal Supremo de Justicia19 de julio de 2022AS/0497/2022-RAFuente oficial