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TSJReiteradora

AS/0499/2018

Tribunal Supremo de Justicia
21 de septiembre de 2018Social 1eraMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Derechos laborales / Subsidio de frontera / Condición exigible para su pago

Señala el recurrente que la Zona Franca de Cobija, es una Institución de carácter público, sometida al régimen de la Ley 2027 Estatuto del Funcionario Público, consiguientemente el ahora demandante también es un funcionario público, sometido al régimen administrativo y no así a la normativa laboral ...

Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 499

Sucre, 21 de septiembre de 2018

Expediente : 251/2017

Demandante : Marcelo Farid Montero Solares

Demandado : Zona Franca Cobija

Proceso : Beneficios Sociales

Departamento : Pando

Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: El recurso de casación de fs. 55 a 57, interpuesto por la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija, ZOFRACOBIJA, representada por la Directora General Ejecutiva, Tatiana Mónica Sejas Condori, impugnando el Auto de Vista Nº 125/2017 de fecha 17 de abril de 2017, cursante de fs. 49 a 51, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso de pago de beneficios sociales, seguido por Marcelo Farid Montero Solares en contra del recurrente; el Auto de fs. 60 vta. que concedió el recurso de casación; el Auto Supremo Nº 251-A de fs. 68 y vta. de admisión del recurso; los antecedentes del proceso; y:

I. ANTECEDENTES PROCESALES

Sentencia.-

Que, tramitado el proceso para el pago de beneficios sociales, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cobija, pronunció la Sentencia Nº 79/2017 de fecha 16 de febrero de 2017 de fs. 33 a 35 vta., declarando PROBADA en parte la demanda interpuesta por Marcelo Farid Montero Solares, en contra de ZOFRACOBIJA, representada por la Directora General Ejecutiva, Tatiana Mónica Sejas Condori, para que proceda al pago de CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO 00/100 BOLIVIANOS (Bs.- 56.544,00) a favor del demandante.

Auto de Vista.-

En grado de apelación deducida por el demandado, de fs. 39 a 40, la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, emitió el Auto de Vista Nº 125/2017 de fecha 17 de abril de 2017 cursante de fs. 49 a 51, que CONFIRMÓ totalmente la Sentencia.

Ante la determinación del Auto de Vista, el demandado ZOFRACOBIJA, representada por la Directora General Ejecutiva, Tatiana Mónica Sejas Condori, interpone recurso de casación y el Tribunal emite Auto Supremo Nº 251-A de fs. 68 y vta., de fecha 23 de junio de 2017, admitiendo el recurso.

II: ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente establece que el Auto de Vista impugnado violenta disposiciones legales, bajo los siguientes fundamentos:

La Zona Franca de Cobija, es una Institución de carácter público, sometida al régimen de la Ley 2027 Estatuto del Funcionario Público, consiguientemente el ahora demandante también es un funcionario público, sometido al régimen administrativo y no así a la normativa laboral de la L.G.T.

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Máxima

SUBSIDIO DE FRONTERA/Este derecho adquirido, no hace distinción respecto a la condición del trabajador, el subsidio de frontera conforme se consideró precedentemente es un derecho adquirido por la prestación de trabajo dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales, sin discriminación de condición, status, situación o clase de trabajador, así este sea eventual, permanente, servidor público, particular.

Datos del proceso

Demandante
Marcelo Farid Montero Solares
Demandado
Zona Franca Cobija
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Artículo 12 del Decreto Supremo 21137 de 30 de noviembre de 1985

Tribunal Supremo de Justicia21 de septiembre de 2018AS/0499/2018Fuente oficial