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TSJ

AS/0502/2024

Tribunal Supremo de Justicia
19 de septiembre de 2024Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 2da
Año
2024

Texto del fallo

BUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA

AUTO SUPREMO Nº 502/2024

Sucre, 19 de septiembre de 2024

DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES

Expediente : 568/2024

Demandante : Epifanio Vargas Gonzales

Demandado : Empresa “Transportes NENE SRL

Proceso : Beneficios Sociales

Distrito : Cochabamba

Relator :Mgdo. Carlos Alberto Egüez Añez

I. VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 186 a 191 vuelta, interpuesto por la empresa Transportes NENE SRL”, representado legalmente por María Lisseth Claros de Villca, impugnando el Auto de Vista 46/2024 de 17 de abril, cursante de fojas 180 a 183, pronunciado por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social por cobro de beneficios sociales, seguido por Epifanio Vargas Gonzales contra la empresa recurrente, el memorial de respuesta de fojas 195 a 200 vuelta, el Auto de 18 de junio de 2024 de fojas 201 que concedió el recurso, el Auto 568/2024-A de 10 de julio de fojas 207 y vuelta que admitió el medio de impugnación; los antecedentes del proceso; y

II. ANTECEDENTES PROCESALES

II.1. Sentencia

Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió la Sentencia de 27 de julio de 2023, cursante de fojas 137 a 152 vuelta, declarando PROBADA en parte la demanda de fojas 42 a 49 vuelta con costas y costos, e improbado el responde de fojas 71 a 76, disponiendo que la empresa Transportes NENE SRL a través de su representante legal, pague en favor del actor, la suma de Bs187.522,86, conforme a lo siguiente:

Tiempo de servicios: 9 años y un mes.

Sueldo promedio Indemnizable: Bs3.500

Indemnización: Bs31.791,66

Desahucio: Bs10.500

Salario devengado : Bs4.900

Vacaciones: Bs9.527

Aguinaldo esfuerzo por Bolivia Bs28.000

Bono de antiguedad: Bs55.056,38

Subsidio prenatal: Bs7.200

Subsidio de natalidad: Bs1.440

Subsidio de lactancia Bs19.224

Incremento salarial Bs28.792,16

Prima 2010 a 2018: Bs31.091,66

Total Bs187.522,86.-

Más la multa y actualización en base a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda UFV’s previsto en el artículo 9 del Decreto Supremo 28699.

II.2. Auto de Vista

Deducido el recurso de apelación por la empresa demandada de fojas 163 a 164 vuelta; la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista 46/2024 de 17 de abril, cursante de fojas 180 a 183, confirmó la Sentencia de 27 de julio de 2023.

III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El señalado Auto de Vista, motivó a la empresa TRANSPORTES NENE SRL mediante su representante legal, a interponer el recurso de casación en el fondo de fojas 186 a 191 vuelta, manifestando lo siguiente:

III.1. Denunció que se incurrió en error respecto al cálculo del tiempo de servicios del demandante, citando el artículo 133 del Código de Comercio respecto a la existencia de las sociedades; mencionando que la empresa NENE SRL, nació a la vida jurídica el 31 de octubre de 2017, situación que hace jurídicamente imposible la existencia de una relación laboral con anterioridad a su existencia; por ello la determinación del tiempo de servicios es incoherente que ocasiona graves perjuicios a la empresa.

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Datos del proceso

Demandante
Epifanio Vargas Gonzales
Demandado
Empresa “Transportes NENE SRL
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez
Tribunal Supremo de Justicia19 de septiembre de 2024AS/0502/2024Fuente oficial