Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 505/2013.
EXP. N°: 727/2013.
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Interpuesto por la Empresa YPFB Logística SA. c/ el Ministro de Hidrocarburos y Energía.
FECHA: Sucre, veintiséis de noviembre de dos mil trece.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por el representante legal de la Empresa YPFB Logística SA., cursante de fs. 52 a 55, impugnando la Resolución Ministerial RJ Nº 070/2013 de 12 de junio de 2013, pronunciada en Recurso Jerárquico por el Ministro de Hidrocarburos y Energía, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO: Que, el art. 780 del Cód. Pdto. Civil, dispone que la demanda contencioso administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de “noventa días” contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada.
Que revisando la documental adjuntada al memorial que antecede, se evidencia que la empresa demandante fue notificada con la resolución ministerial impugnada, en fecha 20 de junio de 2013, como evidencia la diligencia de fs. 9 y confirmada en la demanda de fs. 52 del expediente, entonces el plazo de noventa días para presentar la demanda vencía el 18 de septiembre de 2013; sin embargo, la demanda fue presentada recién el día jueves 19 de septiembre de 2013 según consta en el cargo de presentación sentado a fs. 55, es decir, a los 91 días, después de haber transcurrido con un día el plazo fatal e improrrogable de los noventa días, correspondiendo por esta razón el rechazo in límine de la demanda contencioso administrativa, por su presentación extemporánea.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, RECHAZA la demanda por haberse presentado fuera del plazo previsto por ley.
No interviene el Presidente Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano y las Magistradas Norka Natalia Mercado Guzmán y Maritza Suntura Juaniquina por encontrase en viaje oficial.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO EN EL EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA
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