Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 506/2020-RA.
Fecha: 04 de noviembre de 2020
Expediente: LP-76-20-S.
Partes: Marina Royuela Valdivia c/ Nelson Mendoza Solís.
Proceso: Determinación de bienes propios y entrega.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 514 a 520, interpuesto por Marina Royuela Valdivia representada legalmente por Vicente Baldivia Calderón de la Barca, contra el Auto de Vista Nº 193/2020 de 11 de septiembre, cursante de fs. 507 a 510, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso de determinación de bienes propios y entrega, la contestación a fs. 523 y vta., el Auto de concesión de 28 de octubre de 2020 a fs. 525, todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Marina Royuela Valdivia mediante sus representantes legales Vicente Baldivia Calderón de la Barca y Daysi Rocio Veneros Valdivia apoderados formaliza demanda de determinación de bienes no gananciales y división y partición de bienes de fs. 64 a 69 vta., contra Nelson Mendoza Solís, quien excepciono y contesto negativamente a la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 019/2020 de 15 de julio, cursante de fs. 477 a 481 vta., por la que la Juez Público Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la pretensión.
2. Resolución de primera instancia que al ser apelada por Marina Royuela Valdivia de fs. 485 a 492 vta., originó que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 193/2020 de 11 de septiembre, cursante de fs. 507 a 510, CONFIRMANDO la sentencia apelada.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Marina Royuela Valdivia mediante memorial cursante de fs. 514 a 520 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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