Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 508/2015 - L
Sucre: 03 de julio 2015
Expediente: LP-82-10-S
Partes: Félix Condori Sánchez y otra. c/ Antonio Quispe Mamani Estefanía
Josefina Mamani Quispe.
Proceso: Mejor derecho propietario y reivindicación.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 200 a 201 vta., de obrados, interpuesto por Antonio Quispe Mamani y Estefanía Josefina Mamani Quispe contra el Auto de Vista Nº S-54/2010 de 15 de marzo de 2010, cursante de fs. 194 a 195 vta., pronunciado por la Sala Civil Cuarta de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), dentro el proceso de Mejor Derecho Propietario y Reivindicación, seguido por Hilarión Condori Paucara en representación de Félix Condori Sánchez y Ana Roxana Balboa Balboa contra Antonio Quispe Mamani y Estefanía Josefina Mamani Quispe, la respuesta de fs. 206 a 207, concesión de fs. 207 vta., los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de El Alto – La Paz, mediante Sentencia Nº 382/2009 de 17 de Octubre de 2009 de fs. 173 a 175, declaró: PROBADA la demanda de fs. 46 a 47 vta., y 55 de obrados en consecuencia se declara el mejor derecho propietario da favor de Félix Condori Sánchez y Ana Roxana Balboa Balboa sobre los lotes de terreno signados con los N° 19 y 7, del manzano 44 ubicados en la urbanización Bautista Saavedra U.V. Ch cada uno con una superficie de 273 mts2, inscritos en derechos Reales bajo las matriculas N° 2.01.4.01.015089 anterior partida 01285614 de fecha 16/01/1995 y N° 2.01.4.01.0106460 anterior partida matricula N° 2.01.3.01.001556 de fecha 23 de julio de 2005 correspondientemente, finalmente a los demandados Antonio Quispe Mamani y Estefanía Josefina Quispe Mamani, deberán restituir los inmuebles lote 7 manzano 44 ubicados en la urbanización Bautista Saavedra de la ciudad de El Alto registrado en Derechos Reales bajo la matricula N° 2.01.4.01.015089 y el lote Signado con el N° 19 manzano 44 ubicados en la urbanización Bautista Saavedra de la ciudad de El Alto registrado en Derechos Reales bajo la matricula N° 2.01.4.01.0106460 a los señores Félix Condori Sánchez y Ana Roxana Balboa Balboa, dentro de diez días de ejecutoriada la sentencia bajo conminatoria de desapoderamiento.
Deducida las apelaciones por los demandados y remitidas las mismas ante la instancia competente, la Sala Civil Cuarta de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), mediante Auto de Vista Nº S-54/2010, Confirmó la Sentencia Apelada.
En conocimiento de la determinación de segunda instancia, los demandados interpusieron recurso de casación, mismo que se pasa a analizar.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
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