Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo: No. 509/2013
Fecha: Sucre, 16 de octubre de 2013
Distrito: Cochabamba
Expediente: 65/10
Partes: Ministerio Público, Edith Quispe Ylacio y Raúl Quispe Ylacio c/
Angel Gabriel Condori Vilca
Delitos: Violación de Niño, Niña o Adolescente (Art. 308 Bis y 310 num. 2)
3) y 4) del Código Penal)
Recurso: Casación
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VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Angel Gabriel Condori Vilca, cursante de Fs. 288 a 289 Vlta., impugnando la resolución jurisdiccional contenida en el Auto de Vista Nº 20/2010 de 17 de febrero de 2010, que corre de Fs. 259 a 261, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Edith Quispe Ylacio y el apoderado Raúl Quispe Ylacio en contra del recurrente Angel Gabriel Condori Vilca, por la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente previsto y sancionado por los Arts. 308 Bis y 310 num. 2) 3) y 4) del Código Penal, los antecedentes de la causa, y;
CONSIDERANDO I.- Que, el Tribunal de Sentencia No. 1.- del Distrito Judicial de Cochabamba mediante Sentencia Nº 43/2009 cursante de Fs. 177 a 186 Vlta., falla declarando AUTOR Y CULPABLE al procesado Angel Gabriel Condori Vilca, de la comisión del delito de Violación a Niño, Niña o Adolescente con Agravante tipificado y sancionado por los Arts. 308 Bis y Art. 310 num. 2), 3) y 4) del Cód. Penal, imponiéndole la pena de 25 años de presidio que deberá cumplir en la Cárcel Pública de “El Abra” de la ciudad de Cochabamba, con costas.
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