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TSJ

AS/0513/2014

Tribunal Supremo de Justicia
29 de diciembre de 2014Social 1eraMag. Antonio Campero Segovia
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Auto Supremo No 513

Sucre, 29 de diciembre de 2014

Expediente : 342/2014-S

Demandante : O’connor Eduardo Daguino Delgado

Demandada : Empresa El Diario S.A.

Distrito : La Paz

Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 548 a 551, interpuesto por Antonio Martín Carrasco Guzmán en representación de la Empresa El Diario S.A., contra el Auto de Vista AV Nº 068/2014 S.S.A. II de 17 de abril de fs. 543 a 544, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral seguido por O’connor Eduardo Daguino Delgado contra la Empresa El Diario S.A.; el Auto No 282/2014 a fs. 553 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

I.1 Sentencia

Que, tramitado el proceso laboral por pago de beneficios sociales, la Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 142/2013 de 17 de mayo de fs. 520 a 524 vta., declarando probada en parte la demanda de fs. 25 a 27 de obrados y probada en parte la excepción de pago y desestimada la excepción de transacción planteada en el memorial de fs. 123 a 124, ordenando a la parte demandada a través de su representante cancele al actor la suma de Bs.65.815,62.- (sesenta y cinco mil ochocientos quince 62/100 bolivianos) conforme al finiquito de fs. 20 de obrados, menos las cuotas ya canceladas, más multa del 30%.

I.2 Auto de Vista

Interpuesto el recurso de apelación por el representante de la empresa demandada (fs. 526 a 527 vta.), mediante Auto de Vista AV Nº 068/2014 S.S.A. II de 17 de abril de fs. 543 a 544, la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó la Sentencia Nº 142/2013 de 16 de mayo “de fs. 520 a 525” (sic.), sea con las formalidades de ley.

II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 548 a 551, interpuesto por Antonio Martín Carrasco Guzmán en representación de la Empresa El Diario S.A., quien acusó que el Auto de Vista contendría disposiciones contradictorias toda vez que señaló que el principal argumento de su recurso de apelación es la denuncia que se hace en sentido de que la Sentencia efectuó un análisis y valoración de pruebas aportadas totalmente contradictoria en relación a la causal de retiro, al señalar dicho fallo que existió un retiro voluntario, empero el Auto de Vista de manera contradictoria señaló la existencia de un retiro indirecto por una supuesta rebaja salarial, para luego confirmar la Sentencia Nº 142/2013, confirmando una resolución sobre la cual el propio Auto de Vista observó que no es clara y que es contradictoria en su decisión.

Señalando al respecto que el Auto de Vista confirmó una Sentencia que niega una pretensión pero que el Tribunal de Alzada la otorga, haciendo dicho pronunciamiento sea incongruente y contradictorio.

Refirió también que sin perjuicio de las contradicciones eventualmente se asumiría dicho pronunciamiento debe ser cumplida y ejecutada de forma plena la Sentencia, por lo que no habría un despido indirecto al no haberse producido la rebaja de sueldo, por lo que no correspondería aplicar el art. 9 del Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, toda vez que dicha norma establece que el pago dentro del plazo de 15 días y la aplicación de la multa del 30% del monto total se produce en caso de producirse el despido del trabajador, hecho que para la Sentencia confirmada no se produjo.

II.1 Petitorio

Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista Nº 068/2014 de 17 de abril y deliberando en el fondo declare improbada la demanda, con costas.

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Datos del proceso

Demandante
O’connor Eduardo Daguino Delgado
Demandado
Empresa El Diario S.A.
Magistrado relator
Antonio Campero Segovia
Tribunal Supremo de Justicia29 de diciembre de 2014AS/0513/2014Fuente oficial