Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 515/2019-RA.
Fecha: 23 de mayo de 2019
Expediente: LP-61-19-S.
Partes: Valeria Rioja de Ipiña c/ Banco de Crédito de Bolivia S.A. representado
legalmente por Laura Yolanda Vásquez Guerrero.
Proceso: Acción negatoria.
Distrito: La Paz.
VISTOS: Los recursos de casación de fs. 2442 a 2444, y de fs. 2446 a 2449 vta., el primero interpuesto por el Banco de Crédito de Bolivia a través de su representante legal Laura Yolanda Vásquez Guerrero y el segundo interpuesto por Valeria Rioja de Ipiña, ambos contra el Auto de Vista Nº 54/2018 de 15 de febrero, cursante de fs. 2421 a 2426, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de acción negatoria seguido por Valeria Rioja de Ipiña contra el Banco de Crédito de Bolivia S.A., el Auto de concesión de fs. 2459 y todo lo inherente;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en el memorial de demanda de fs. 526 a 530, subsanada a fs. 535 y vta., se inició proceso de acción negatoria dirigida contra el Banco de Crédito de Bolivia S.A., entidad que una vez citada con la demanda contestó de forma negativa e interpuso demanda reconvencional; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse Sentencia Nº 334/2015 de 20 de julio, cursante de fs. 2163 a 2175, donde la Juez de Partido Civil y Comercial Quinto de la capital, declaró IMPROBADA la demanda de acción negatoria y PROBADA la demanda reconvencional sobre acción negatoria, mejor derecho propietario y pago de daños y perjuicios, en el mismo sentido RECHAZÓ las excepciones planteadas por la parte demandada.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación tanto por Valeria Rioja de Ipiña como por el Banco de Crédito de Bolivia S.A. a través de su representante legal Holbein Oscar Arévalo Villarroel, mediante memoriales el primero de fs. 2184 a 2188 vta., y el segundo de fs. 2189 a 2190, que fueron resueltos mediante Auto de Vista Nº 54/2018 de 15 de febrero, cursante de fs. 2421 a 2426, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que en su parte dispositiva revocó en parte la sentencia.
3. Fallo de segunda instancia que fue recurrido en casación tanto por el Banco de Crédito de Bolivia S.A. a través de su representante legal Laura Yolanda Vásquez Guerrero, como por Valeria Rioja de Ipiña mediante memoriales, el primero de fs. 2442 a 2444 y el segundo de fs. 2446 a 2449 vta., recursos que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
Mostrando 17 de 33 parrafos.