Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 516/2022-RA
Fecha: 25 de julio de 2022
Expediente: B-13-22-S.
Partes: Ernesto Ávila Torrico c/ Ana Aida Yañez Roca de Adad, Roxana y Jaquelin ambas Adad de Frerking, Juanita Katherine Adad de Nazrala, Ana Karina Adad Yañez de Ribera, Juan, Wálter, Jorge y Selim todos Adad Yañez, Olinfa Parada Vda. de Velasco y Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad.
Proceso: Reivindicación de derecho propietario, posesión definitiva, negación de derechos y nulidad de documentos.
Distrito: Beni.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1509 a 1513, interpuesto por Ernesto Ávila Torrico, contra el Auto de Vista N° 77/2022 de 18 de abril, corriente en fs. 1500 a 1503, pronunciado por la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez, y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, en el proceso ordinario de reivindicación de derecho propietario, posesión definitiva, negación de derechos y nulidad de documentos, seguido por el recurrente contra Ana Aida Yañez Roca de Adad, Roxana y Jaquelin ambas Adad de Frerking, Juanita Katherine Adad de Nazrala, Ana Karina Adad Yañez de Ribera, Juan, Wálter, Jorge y Selim todos Adad Yañez, Olinfa Parada Vda. de Velasco y el Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad, la contestación de fs. 1523 a 1524 vta.; el Auto de concesión Nº 83/2022 de 17 de junio, visible a fs. 1533, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Ernesto Ávila Torrico, mediante memorial de fs. 348 a 359, reiterado a fs. 394 y vta., interpuso demanda ordinaria de reivindicación de derecho propietario, posesión definitiva, negación de derechos y nulidad de documentos, contra Ana Aida Yañez Roca de Adad, Roxana y Jaquelin ambas Adad de Frerking, Juanita Katherine Adad de Nazrala, Ana Karina Adad Yañez de Ribera, Juan, Wálter, Jorge y Selim todos Adad Yañez, Olinfa Parada Vda. de Velasco y el Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad, quienes una vez citados, mediante escrito de fs. 848 a 856, Ana Karina Adad Yañez de Rivera por sí y en representación legal de Wálter, Juan, Jorge todos Adad Yañez, Ana Aida Yañez Roca de Adad, Roxana y Jaqueline ambas Adad de Frerking, Juanita Katherine Adad de Nazrala y Selim Adad Yañez, contestó negativamente, opuso excepciones de cosa juzgada, falta de legitimación, promovió acción reconvencional, reivindicación; según memorial de fs. 928 a 929, el Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad a través de su representante Mario Suarez Hurtado, contestó negativamente a la demanda.
Posteriormente, por Auto de 10 de enero de 2019 visible a fs. 1021 Olinfa Parada Vda. de Velasco, fue declarada rebelde; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 77/2021 de 31 de agosto, cursante de fs. 1458 a 1466 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 6° de la ciudad de Trinidad- Beni, declaró IMPROBADA la demanda, PROBADA en parte la demanda reconvencional con relación al mejor derecho propietario y acción reconvencional e IMPROBADA la acción reconvencional de nulidad de documentos.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Alexis Velasco Parada por sí y en representación de su madre Olinfa Parada Ávila Vda. de Velasco y sus hermanas Milenka y Rita Gina ambas Velasco Parada, según escrito de fs. 1468 a 1474 y mediante escrito de fs. 1476 a 1481 por Ernesto Ávila Torrico, originó que la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, emita el Auto de Vista N° 77/2022 de 18 de abril, corriente en fs. 1500 a 1503, que CONFIRMÓ la resolución impugnada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Ernesto Ávila Torrico, según escrito visible de fs. 1509 a 1513, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
Mostrando 16 de 32 parrafos.