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TSJ

AS/0518/2004

Tribunal Supremo de Justicia
20 de septiembre de 2004Penal IMag. José Luis Baptista Morales
Proceso
Sala
Penal I
Año
2004

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Texto del fallo

SALA PENAL

AUTO SUPREMO: No 518 Sucre 20 de septiembre de 2004

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Adriática de Seguros y Reaseguros S.A.c/ Carlos Gonzáles

Weise y otro.

Extorsión y otro.

MINISTRO RELATOR: Dr. José Luis Baptista Morales

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VISTOS: los recursos de casación interpuestos el 23 de septiembre de 2003 por Carlos Gonzáles Weise (fojas 996 a 1010 vuelta) y por Ehudy Marcelo Goldmann Paz (fojas 1090 a 1104 vuelta) impugnando el Auto de Vista número 277 de fecha 3 del mismo mes y año, por medio del cual la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz declaró admisible el recurso de apelación restringida que interpuso la firma "Adriática de Seguros y Reaseguros S.A.", a través de apoderado, contra la sentencia absolutoria que pronunció el Juez Tercero de Sentencia de la ciudad de Santa Cruz en el proceso penal seguido contra los recurrentes por la mencionada firma "Adriática de Seguros y Reaseguros S.A." por los delitos de extorsión y estafa.

CONSIDERANDO: que los recursos de casación de referencia tuvieron origen en los siguientes antecedentes:

1.- El 27 de junio del año 2000 se produjo, por escritura pública, la fusión por absorción de la empresa "Aseguranza Internacional de Seguros S.A." como entidad incorporada y la empresa "Adriática de Seguros y Reaseguros S.A. como entidad incorporante (fojas 79 a 87). El 17 de abril del año 2002, Antonio Olea Baudoin, en representación de "Adriática de Seguros y Reaseguros S.A.", formuló querella contra Carlos Gonzáles Weise y contra Ehudy Marcelo Goldmann Paz, sosteniendo que esas personas eran representantes legales de la firma "Aseguranza Internacional de Seguros S.A." cuando se suscribió el contrato de fusión por absorción y que, entonces, no informaron que dicha firma tenía considerables deudas y que, por ello, habiendo tenido que pagar "Adriática de Seguros y Reaseguros S.A." tales deudas, fue víctima de una estafa cuyos autores fueron los mencionados Carlos Gonzáles Weise y Ehudy Marcelo Goldmann Paz. (fojas 94 a 97).

2. Al término del proceso sustanciado en atención a esa querella, el Juez Tercero de Sentencia en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Sentencia pronunciada el 15 de julio del año 2003, declaró al imputado Carlos Gonzáles Weise absuelto de la acusación de comisión de los delitos de extorsión y estafa, y declaró al imputado Ehudy Marcelo Goldmann Paz absuelto de la acusación de comisión del delito de estafa (fojas 844 a 859). La firma "Adriática de Seguros y Reaseguros S.A.", el día 25 del mismo mes de julio, impugnó esa sentencia interponiendo recurso de apelación restringida por medio de su apoderado William Herrera Añez (fojas 910 a 994 vuelta). Al respecto, mediante Auto de Vista de 3 de septiembre del indicado año 2003, la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de Santa Cruz declaró admisible y procedente ese recurso anulando totalmente la sentencia impugnada y ordenando la reposición del juicio por otro Tribunal (fojas 959 a 962 vuelta).

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Datos del proceso

Demandante
Adriática de Seguros y Reaseguros S.A.
Demandado
Carlos Gonzáles
Magistrado relator
José Luis Baptista Morales
Tribunal Supremo de Justicia20 de septiembre de 2004AS/0518/2004Fuente oficial