Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0519/2012

Tribunal Supremo de Justicia
14 de diciembre de 2012Civil IMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Cumplimiento del contrato y resarcimiento del daño causado
Sala
Civil I
Año
2012

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CIVIL

Auto Supremo: 519/2012

Sucre: 14 de diciembre de 2012

Expediente: CB-89-12-S

Partes: Hugo Aldo Suito Magnani (VIDRIO LUX S.A.) c/ Jorge Málaga Fernández (PRODEC)

Proceso: Cumplimiento del contrato y resarcimiento del daño causado

Distrito: Cochabamba

VISTOS: El recurso de casación interpuestos por Jorge Málaga Fernández de fs. 162 a 163 vlta, impugnado el Auto de Vista de fecha 20 de Junio de 2012, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de Cumplimiento del contrato y resarcimiento del daño causado seguido por Hugo Aldo Suito Magnani representante legal de VIDRIO LUX S.A. contra Jorge Málaga Fernández representante legal de Industrias PRODEC, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Que, tramitada la causa, el Juez 7º de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital del Distrito de Cochabamba, emitió Sentencia de fecha 3 de Septiembre de 2007, cursante a fs. 141 a 144, declarando PROBADA la demanda de fs. 22 a 25 e IMPROBADAS la demanda reconvencional y las excepciones de fs. 30 a 31. Sin costas por ser juicio doble, y en consecuencia disponiendo que:

1.- Industrias PRODEC pague a favor de VIDRIO LUX S.A. el importe de las dos facturas que le fueron emitidas, por el monto total de Bs. 500.583,38. y sea en el tercero día de ejecutoriado el presente fallo bajo conminatoria de ley.

2.-Una vez pagado el importe de las facturas adeudadas, PRODEC debe retirar en el día las 143.342 botellas de 910 cc. Y por ultimo, condenándole en daños y perjuicios a Industrias PRODEC para que pague a favor de VIDRIOLUX S.A., monto averiguable en ejecución de Sentencia.

Apelada la Sentencia por Jorge Málaga Fernández, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista de 20 de Junio de 2012, cursante de fs. 157 a 158 ANULA el Auto de concesión de alzada de 4 de Octubre de 2007, declarando ejecutoriada la Sentencia apelada, sin costas.

Resolución que dio lugar al recurso de casación en la forma interpuesta por parte del demandado Jorge Málaga Fernández, que se analiza.

CONSIDERANDO II:

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Mostrando 18 de 36 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Hugo Aldo Suito Magnani (VIDRIO LUX S.A.)
Demandado
Jorge Málaga Fernández (PRODEC)
Proceso
Cumplimiento del contrato y resarcimiento del daño causado
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani
Tribunal Supremo de Justicia14 de diciembre de 2012AS/0519/2012Fuente oficial