Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 519
Sucre, 16 de julio de 2024
Expediente: 392-2024
Demandante: Franz Israel Álvaro Vargas
Demandado: Cooperativa Multiactiva COBOCE R.L.
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación de fojas 211 y vuelta, deducido por Ernesto Ustariz Ruiz y Ricardo Alberto Echazú Navía, en representación legal de la Cooperativa Multiactiva COBOCE R.L., impugnando el Auto de Vista N° 342/2023 de 4 de octubre, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fojas 201 a 204), dentro del proceso social de cobro de beneficios y reposición de derechos sociales, seguido por Franz Israel Álvaro Vargas contra la empresa recurrente; el Auto de 26 de abril de 2024 (fojas 218), que concedió el recurso; el Auto Interlocutorio N° 152/2024 de 21 de mayo que admitió el recurso (fojas 225 a 226 y vuelta), los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Quinto de Cochabamba, emitió la Sentencia de 8 de febrero de 2023 (fojas 150 a 154 y vuelta), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 17 a 20, aclarada por memorial de fojas 23 a 24.
En consecuencia, dispuso que la demandada, Cooperativa Multiactiva COBOCE R.L., a través de sus representantes legales, pague, a favor del demandante, los beneficios sociales y derechos que corresponden, de acuerdo con la siguiente liquidación:
Fecha de ingreso: 25 de noviembre de 2019
Fecha de retiro: 16 de septiembre de 2020
Tiempo de servicios: 9 meses y 21 días
Sueldo Promedio: Bs. 6.436,24
Indemnización por antigüedad
Salario indemnizable
Tiempo
Importe
6.436,24
9 meses
4.827,15
6.436,24
21 días
375,27
TOTAL
Bs. 5.202,42
Aguinaldo G/2020
Salario indemnizable
Tiempo
Importe
6.436,24
8 meses y 16 días
Bs. 4.576,74
Total
Bs. 4.576,74
TOTAL 9.779,16
Dispuso asimismo, que el monto determinado deberá ser actualizado, así como se deberá añadir la multa del 30% en ejecución de sentencia, conforme dispone el artículo 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006.
I.2. Auto de Vista.
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 342/2023 de 4 de octubre (fojas 201 a 204), la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, REVOCÓ EN PARTE la Sentencia de 8 de febrero de 2023 (fojas 150 a 154 y vuelta), con las siguientes modificaciones:
INDEMNIZACIÓN
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