Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 526
Sucre, 03 de mayo de 2.007
DISTRITO: La Paz PROCESO: Social.
PARTES: Club Social Petrolero c/ H. Alcaldía Municipal de La Paz
MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
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VISTOS: El memorial de "desistimiento del recurso de casación", presentado por Omar Ricardo Avilés Lozano, Presidente del Club Social Petrolero, en el proceso contencioso tributario seguido contra la Dirección de Recaudaciones del Gobierno Municipal de La Paz, sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que a fs. 134 Omar Ricardo Avilés Lozano, Presidente del Club Social Petrolero, formula desistimiento del recurso de casación de fs. 92-96, interpuesto por los representantes legales del Club Social Petrolero contra el Auto de Vista Nº 61/2006 SSA-II de 13 de marzo de 2006, dictado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito de La Paz; informando que la Unidad Especial de Recaudaciones del Gobierno Municipal de La Paz, emitió la Resolución Administrativa Nº 25/2006 de 29 de noviembre de 2006 (fs. 132-133), por la que se declara al Club Social Petrolero exento del pago de impuestos a la propiedad de bienes inmuebles.
Que, siendo evidente que la resolución administrativa referida declara la exención del pago de impuestos a la propiedad de bienes inmuebles, la misma que dio lugar al presente proceso, conforme prevé el art. 307 del Código de Procedimiento Civil, corresponde a este Tribunal Supremo aceptar el desistimiento del recurso de casación formulado, sin más trámite.
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