Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 532/2019 - RA
Fecha: 27 de mayo de 2019
Expediente: T – 3 – 19 - S
Partes: Isabel Primitiva Vargas. c/ Andrea Jaquelina Aguirre Romero en calidad de
heredera de Lucio Aguirre Sandoval y presuntos propietarios.
Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria.
Distrito: Tarija.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 208 a 211, interpuesto por Elva Ernestina Aguirre Soruco Vda. de Zúñiga, contra el Auto de Vista Nº 25/2019 de 26 de marzo, cursante de fs. 200 a 205, pronunciado por la Sala Primera Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso sobre usucapión decenal o extraordinaria, seguido por Isabel Primitiva Vargas contra Andrea Jaquelina Aguirre Romero en calidad de heredera de Lucio Aguirre Sandoval, presuntos propietarios y la recurrente, el Auto de concesión de fs. 221, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. En base al memorial de demanda de fs. 69 a 74 vta. y subsanada a fs. 78 vta., se inició proceso de usucapión decenal o extraordinaria; acción que fue dirigida contra Andrea Jaquelina Aguirre Romero en calidad de heredera de Lucio Aguirre Sandoval y presuntos propietarios, que una vez citados mediante edictos se designó Defensora de Oficio a Reina Acho Montaño quien contestó a la demanda de forma negativa; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse Sentencia Nº 108 /2017 de 12 de septiembre, cursante de fs. 150 a 154 vta., donde la Juez Público Civil y Comercial Tercero de la ciudad de Tarija, declaró PROBADA la demanda consecuentemente se opera la usucapión decenal o extraordinaria, apersonándose Elva Ernestina Aguirre Soruco Vda. de Zuñiga después de emitida la sentencia.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrido de apelación por Elva Ernestina Aguirre Soruco Vda. de Zuñiga, mediante memorial de fs. 171 a 176, en calidad de heredera de Lucio Aguirre Sandoval; recurso que fue resuelto mediante Auto de Vista Nº 25/2019 de 26 de marzo, cursante de fs. 200 a 205, pronunciado por la Sala Primera Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que en su parte dispositiva CONFIRMO la sentencia.
3. Fallo de segunda instancia que fue recurrida en casación por Elva Ernestina Aguirre Soruco Vda. de Zuñiga, mediante el memorial de fs. 208 a 211, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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