Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 532/2023-RA
Fecha: 14 de junio de 2023
Expediente: O-38-23-S
Partes: Vladimir López Cárdenas c/ Miriam López Cárdenas.
Proceso: División y partición de bien inmueble.
Distrito: Oruro.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 865 a 867 vta., interpuesto por Miriam López Cárdenas, contra el Auto de Vista N° 162/2023, de 03 de mayo, visible de fs. 853 a 862, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso ordinario de división y partición de bien inmueble, seguido por Vladimir López Cárdenas contra la recurrente; la respuesta de fs. 897 a 898 vta., el Auto de concesión Nº 31/2023 de 01 de junio, obrante a fs. 900, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Vladimir López Cárdenas por escrito de fs. 37 a 39, subsanado a fs. 42, fs. 65 a 67 y fs. 71 a 74 vta., promovió proceso ordinario de división y partición de bien inmueble contra Miriam López Cárdenas, quien una vez citada, no compareció y fue declarada rebelde mediante Auto de 17 de abril de 2019, obrante a fs. 85, posteriormente se apersonó y contestó la demanda por memoriales que salen a fs. 88 y fs. 111 a 114 vta., respectivamente; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 04/2023 de 20 de marzo, corriente de fs. 802 a 807, en la que el Juez Público Civil y Comercial 2° de la ciudad de Oruro declaró PROBADA la demanda de división y partición de bien inmueble y dispuso el remate del bien inmueble objeto de la litis, con cuyo valor sea dividido en partes iguales entre Vladimir López Cárdenas y Miriam López Cárdenas.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Miriam López Cárdenas, mediante memorial de fs. 815 a 820 vta., originó que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista Nº 162/2023, de 03 de mayo, saliente de fs. 853 a 862, que CONFIRMÓ la Sentencia Nº 04/2023 de 20 de marzo, con costas y costos procesales a la apelante.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Miriam López Cárdenas, según escrito de fs. 865 a 867 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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