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TSJ

AS/0534/2018-RA

Tribunal Supremo de Justicia
26 de junio de 2018CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina
Proceso
Nulidad de Contrato.
Sala
Civil
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 534/2018-RA

Sucre: 26 de junio de 2018

Expediente: T – 24 – 18 – S

Partes: Pastora Durán Burgos. c/ Francisca Alejandro Martínez.

Proceso: Nulidad de Contrato.

Distrito: Tarija.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 198 a 203, interpuesto por Pastora Durán Burgos contra el Auto de Vista Nº 73/2018 de fecha 2 de mayo, cursante de fs. 190 a 193 vta., de obrados, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso ordinario de Nulidad de Contrato seguido por la recurrente contra Francisca Alejandro Martínez, el Auto de concesión Nº 36/2018 de fecha 7 de junio, cursante a fs. 210, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. En base a la demanda cursante de fs. 10 a 14 Pastora Durán Burgos, inició proceso sumario de Nulidad de Contrato; acción que fue dirigida contra Francisca Alejandro Martínez, quien una vez citada, por memorial cursante de fs. 28 a 29, se apersona, contesta y opone excepción, por Auto de fecha 13 de septiembre de 2014 cursante a fs. 44, se califica el proceso como sumario de hecho y se abre el plazo probatorio de 20 días; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia de fecha 4 de enero de 2016, cursante de fs. 144 a 149, donde el Juez de Instrucción 5to. en lo Civil de la Capital declara IMPROBADA la demanda de fs. 10 a 14 de obrados, con costas.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Pastora Durán Burgos mediante memorial de fs. 150 a 153 vta.; la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitió el Auto de Vista Nº 73/2018 de fecha 2 de mayo, cursante de fs. 190 a 193 vta., de obrados, por el cual CONFIRMA en todas sus partes la Sentencia de fs. 144 a 149 de obrados.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Pastora Durán Burgos, según memorial de fs. 198 a 203 de obrados, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado, por diferentes factores tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273, 274 de la mencionada ley.

1. De la resolución impugnada:

Del análisis del Auto de Vista Nº 73/2018 de fecha 2 de mayo, que cursa de fs. 190 a 193 vta., se advierte que el mismo absuelve un recurso de apelación que fue interpuesto contra una sentencia dictada dentro de un proceso sumario de conocimiento de Nulidad de Contrato, actualmente tramitado por el Juzgado Público Civil y Comercial 11º de la Capital; lo que permite inferir que la resolución recurrida se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 270 del Código Procesal Civil.

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Datos del proceso

Demandante
Pastora Durán Burgos.
Demandado
Francisca Alejandro Martínez.
Proceso
Nulidad de Contrato.
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia26 de junio de 2018AS/0534/2018-RAFuente oficial