Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0535/2008

Tribunal Supremo de Justicia
23 de octubre de 2008Social 1eraMag. Beatriz Sandoval
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2008

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 146/05

AUTO SUPREMO Nº 535 - Social Sucre, 23 de octubre de 2008.

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Raúl Lisandro Mendieta Mendoza c/ GLOBAL Servicios Petroleros Bolivia S.R.L.

= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 179-180, interpuesto por Rolando Surita en representación de la Empresa GLOBAL SERVICIOS PETROLEROS BOLIVIA SRL., contra el Auto de Vista Nº 20 de 13 de enero de 2005, cursante a fs. 175-176, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, en el proceso laboral sobre beneficios sociales, aguinaldo, vacación y sueldos devengados seguido por Raúl Lizandro Mendieta Mendoza contra el recurrente; sus antecedentes, lo alegado por las partes, y

CONSIDERANDO I: Que, en el caso mencionado, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz dictó la Sentencia de 30 de septiembre de 2004, cursante a fs. 147-149, por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 39-40; disponiendo que la entidad demandada cancele a favor del actor la suma de $us. 8.771,08 por conceptos de desahucio, indemnización, aguinaldo, vacación y sueldos devengados.

En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, por Auto de Vista de fs. 175-176 confirmó la Sentencia de fs. 174-149 en todas sus partes. Contra esta resolución, Rolando Surita, interpuso recurso de casación en el fondo y en la forma, alegando que al actor no le corresponde el desahucio ni los demás beneficios sociales condenados debido a que éste incurrió en abandono de trabajo.

CONSIDERANDO II: Que así formulado el recurso, no es posible considerar el fondo de los reclamos en él contenidos, habida cuenta que limita en extremo la competencia de ésta Corte por su total descuido en el cumplimiento de los aspectos formales señalados por el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, por cuanto, en principio, no cita ni acusa una sola norma como infringida, prefiriendo limitarse a una relación mas bien epistolar de los hechos demandados, algunos aspectos relevantes de su defensa y un comentario crítico sobre la decisión del juez de primera instancia, sin hacer ninguna referencia sobre el auto de vista que impugna.

Mostrando 10 de 20 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Raúl Lisandro Mendieta Mendoza
Demandado
GLOBAL Servicios Petroleros Bolivia S.R.L.
Magistrado relator
Beatriz Sandoval
Tribunal Supremo de Justicia23 de octubre de 2008AS/0535/2008Fuente oficial