Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO: No 537 Sucre 21 de septiembre de 2004
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público c/ Armando Ringo Flor Ameller y otro.
Tráfico y suministro de sustancias controladas.
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VISTOS: el recurso de casación de fojas 219 a 221, interpuesto por el Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, Dr. Serafín La Fuente Fuentes, impugnando el Auto de Vista de fojas 209 a 211 de fecha 11 de junio de 2004, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de La Paz, dentro del Proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Armando Ringo Flor Ameller y René Cesar Zeballos Chávez, por la comisión de los delitos de tráfico y suministro de sustancias controladas al primero y complicidad al segundo de los nombrados; sus antecedentes,
CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se exige la observancia de los requisitos previstos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, es decir interposición del recurso dentro de los cinco días de su notificación con el Auto de Vista y la invocación del precedente contradictorio precisando la situación de hecho similar y señalando el sentido jurídico contradictorio entre el precedente y el Auto de Vista impugnado.
CONSIDERANDO: con sujeción a dichos preceptos legales, el Fiscal de Materia, Serafín La Fuente Fuentes, en el recurso de casación deducido invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos Números 164/01, 451/00, 593/03 y el Auto de Vista No. 1199 de 2001 dictado por la Corte de Cochabamba, haciendo referencia a la contradicción de éstos con el Auto de Vista impugnado.
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