Texto del fallo
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 537
Sucre: 31 de octubre de 2013
Expediente: T – 10 – 11 – S
Proceso Divorcio.
Partes: Juan Carlos Ramos Jurado c/ Lilian Elisa Pérez Cuellar
Distrito: Tarija
Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 423 a 424 vuelta, interpuesto por Juan Carlos Ramos Jurado contra el Auto de Vista Nº 24 de 1º de abril de 2011 cursante de fojas 417 a 420, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial Tarija, en el proceso ordinario sobre divorcio, seguido por el recurrente contra Lilian Elisa Pérez Cuellar, el auto concesorio de fojas 437, los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO.- Que, tramitada la causa de referencia, el Juez de Partido Segundo de Familia de Tarija, emitió el Auto de fecha 8 de diciembre de 2010, cursante de fojas 391 a 392 por el que declara improbada la demanda incidental de división de beneficios sociales, con costas.
En grado de apelación, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial Tarija, mediante Auto de Vista Nº 24 de 1º de abril de 2011 cursante de fojas 417 a 420, anula la resolución apelada.
Contra la resolución de segunda instancia, el demandante Juan Carlos Ramos Jurado, interpone recurso de casación en el fondo.
CONSIDERANDO II:
DE LOS FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN.-
Se deduce las siguientes acusaciones:
1º El recurrente, acusa que existe incongruencia y contradicción en la resolución, que establece que el acuerdo transaccional, homologado posteriormente, pone fin a la relación, dividiendo con todos los bienes que contaban; sin embargo resuelve contradictoriamente anulando la resolución del Juez de primera instancia.
2º Señala, que no se ha valorado el régimen de comunidad de gananciales normado por el artículo 101 del Código de Familia, normativa que no permite que uno de los cónyuges se beneficie, en perjuicio del otro.
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