Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A LA C I V I L
Auto Supremo: 538/2021-RA
Fecha: 16 de junio de 2021
Expediente: SC-45-21-S.
Partes: Eduardo Alejandro y Domingo Alberto ambos Frerking Fernández por sí y
en representación de Walter Nilo, Gaby Grette y Oscar Roberto todos
Frerking Fernández c/ Fernando Frerking Fernández, Enzo Bangoli y Ruth
Elizabeth Suarez de Bangoli.
Proceso: Nulidad de contrato, acción reivindicatoria más resarcimiento de daños y
perjuicios.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 591 a 604 vta., interpuesto por Ruth Elizabeth Suarez de Bagnoli y Enzo Bagnoli representados legalmente por David Añez Ali contra el Auto de Vista N° 72/2020 de 13 de noviembre, de fs. 578 a 582, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar, Domestica y Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario de Nulidad de contrato, acción reivindicatoria más resarcimiento de daños y perjuicios seguido por Eduardo Alejandro y Domingo Alberto ambos Frerking Fernández por sí y en representación de Walter Nilo, Gaby Grette y Oscar Roberto todos Frerking Fernández contra Fernando Frerking Fernández y los recurrentes, la contestación de fs. 608 a 612, el Auto de concesión de 17 de mayo de 2021 cursante a fs. 613, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante de fs. 121 a 130 vta., Eduardo Alejandro y Domingo Alberto ambos Frerking Fernández por sí y en representación de Walter Nilo, Gaby Grette y Oscar Roberto todos Frerking Fernández, iniciaron el proceso ordinario de nulidad de contrato, acción reivindicatoria más resarcimiento de daños y perjuicios, contra Fernando Frerking Fernandez, Enzo Bangoli y Ruth Elizabeth Suarez de Bangoli, quienes una vez citados Enzo Bangoli y Ruth Elizabeth Suarez de Bangoli contestaron negativamente a la demanda y plantearon excepciones perentorias conforme memorial de fs. 151 a 153 vta., asimismo Fernando Frerking Fernandez según escrito de fs. 157 a 158 contestó negativamente a la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia N° 27/2019 de 19 de septiembre, cursante de fs. 519 a 524 vta., donde el Juez Público Civil y Comercial 12° de Santa Cruz de la Sierra declaró PROBADA en parte la demanda principal, IMPROBADA en relación al resarcimiento de daños y perjuicios e IMPROBADAS las excepciones.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Domingo Alberto Frerking Fernandez por sí y en representación de Gaby Grette y Oscar Roberto ambos Frerking Fernández, según memorial cursante de fs. 542 a 544 vta.; originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar, Domestica y Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 72/2020 de 13 de noviembre, de fs. 578 a 582, REVOCANDO parciamente la sentencia y como consecuencia declaró la nulidad total de la Escritura Pública N° 158/2004 de 04 de febrero. Ante la solicitud de complementación y enmienda la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar, Domestica y Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emitió el Auto de complementación y enmienda de 12 de abril de 2021 cursante a fs. 588 y vta.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Ruth Elizabeth Suarez de Bagnoli y Enzo Bagnoli representados legalmente por David Añez Ali según memorial cursante de fs. 591 a 604 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
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