Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 541/2024-RA
Fecha: 05 de junio de 2024
Expediente: LP-88-24-S
Partes: Katherine Arcadia, Carolina Ariana, Kasandra Adriana todas Mariaca Carvajal c/ Rosario Jacqueline Chuquimia Marquéz y Mauro Mariaca Uriarte.
Proceso: Cumplimiento de contrato.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 453 a 456, interpuesto por Rosario Jacqueline Chuquimia Marquéz y Mauro Mariaca Uriarte, contra el Auto de Vista N° 179/2024, de 27 de marzo, que corre de fs. 434 a 438, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de cumplimiento de contrato, seguido por Katherine Arcadia, Carolina Ariana, Kasandra Adriana todas Mariaca Carvajal contra los recurrentes; la contestación de fs. 458 a 462; el Auto de concesión de 08 de mayo de 2024, visible a fs. 463, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Katherine Arcadia, por sí y en representación legal de Carolina Ariana y Kasandra Adriana todas Mariaca Carvajal, mediante escrito que cursa de fs. 68 a 71, reiterado de fs. 76 a 80 vta., planteó demanda ordinaria de cumplimiento de contrato, contra Rosario Jacqueline Chuquimia Marquéz y Mauro Mariaca Uriarte; quienes una vez citados, mediante memoriales salientes de fs. 85 y vta. y 87 a 88, plantearon excepción previa y contestaron negativamente, excepción que fue resuelta por Auto N° 26/2023, de 23 de febrero, visible a fs. 286 a 289, declarando improbada la misma; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 027/2023, de 06 de febrero, saliente de fs. 310 a 320, en la que la Juez Público Civil y Comercial 7° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA en parte la demanda, disponiendo en consecuencia por ante derechos reales de la ciudad de La Paz, se proceda a la inscripción del derecho propietario de los demandantes en la Matrícula de Folio Real N° 2.01.0.99.0072737, sobre el 50% de acciones y derechos del bien inmueble, superficie de 85 m2, ubicado en la calle 4 de mayo, teniendo como base del derecho propietario de las demandantes la Escritura Pública N° 597/2020, de 14 de octubre.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Rosario Jacqueline Chuquimia Marquéz y Mauro Mariaca Uriarte, mediante memorial que corre de fs. 336 a 340 y vta., originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 179/2024, de 27 de marzo, visible de fs. 434 a 438, que CONFIRMÓ la sentencia impugnada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Rosario Jacqueline Chuquimia Marquéz y Mauro Mariaca Uriarte, según escrito visible de fs. 453 a 456, que es objeto de análisis para su admisión.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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