Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 542
Sucre, 31 de diciembre de 2014
Expediente : 340/2014-A
Demandante : Caja Nacional de Salud
Demandado : Gobierno Autónomo Municipal de Oruro
Distrito : Oruro
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 195 a 196 vta., interpuesto por Rossio Carolina Pimentel Flores, Alcaldesa Municipal y representante legal del Gobierno Autónomo Municipal (G.A.M.) de Oruro, contra el Auto de Vista Nº 74/2014 de 26 de agosto de fs. 191 a 193, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso coactivo social seguido por la Caja Nacional de Salud contra el G.A.M. de Oruro; la respuesta al recurso de fs. 201 a 203 vta.; el Auto a fs. 204 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Auto Interlocutorio
Que tramitado el proceso coactivo social, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de Oruro, emitió el Auto Nº 015/2014 de 27 de marzo (fs. 171 a 173) declarando improbadas las reclamaciones opuestas en el memorial de fs. 44 a 45, por consiguiente subsistente la nota de cargo de fs. 2, disponiendo la prosecución del trámite hasta su conclusión debiendo la parte coactivante continuar las gestiones para obtener el cobro de lo adeudado.
I.2 Auto de Vista
Interpuesto el recurso de apelación por la representante del G.A.M. de Oruro (fs. 175 a 176), mediante Auto de Vista Nº 74/2014 de 26 de agosto de fs. 191 a 193, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, confirmó el Auto Nº 015/2014 de 27 de marzo.
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 195 a 196 vta., interpuesto por Rossio Carolina Pimentel Flores, Alcaldesa Municipal y representante legal del G.A.M. de Oruro, quien acusó que el Juez de primera instancia no habría valorado las pruebas aportadas que señalan sobre la imposibilidad de generar recursos ya que el sistema establece el monto total de la planilla, por lo que podría crear un daño económico al Estado, incurriéndose además en falsedad material e ideológica al pretender manipular los reportes o el monto salarial.
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