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TSJ

AS/0542/2015

Tribunal Supremo de Justicia
4 de agosto de 2015Social 1eraMag. Pastor Segundo Mamani Villca
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 542

Sucre, 04 de agosto de 2015

Expediente : 232/2011-S

Demandante : Braulio Quispe Nina

Demandado : Walter Ocsa Manuel

Distrito : Oruro

Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 211 a 212, interpuesto por Walter Ocsa Manuel contra el Auto de Vista AV-SSA-34/2011 de 18 de marzo, cursante de fs. 205 a 207, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro; dentro del proceso laboral seguido por Braulio Quispe Nina contra Walter Ocsa Manuel; la respuesta al recurso de casación de fs. 215 a 216 vta.; el Auto Nº 64/2011 de 20 de mayo cursante a fs. 217 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I

I.1 Antecedentes del proceso

I.1.1 Sentencia

Planteada la demanda de pago de sueldos devengados y beneficios sociales que cursa a fs. 17 y vta., modificada de fs. 25 a 27 vta., y tramitado el proceso, la Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, pronunció Sentencia No 17/2010 de 30 de abril de fs. 152 a 156, declarando probada en parte la demanda, sin costas; determinando que el representante legal del Centro Agroecológico Walipini, Walter Ocsa Manuel cancele a su ex trabajador Braulio Quispe Nina los derechos sociales que le asisten consistentes en indemnización por 5 años, aguinaldo de navidad en duodécimas gestión 2006 y reintegro de sueldos por el lapso de 6 años, 1 mes y 13 días, desestimando el pago de desahucio y vacaciones demandadas. Suma que ascendió a un total de Bs.20.826,50; de acuerdo al detalle sentado en la presente Resolución.

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por el demandado, tal cual es saliente de fs. 169 a 172 vta., la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, mediante el Auto de Vista descrito al prefacio, confirmó la Sentencia apelada, con costas en ambas instancias.

I.2 Motivos del recurso de casación

El Fallo mencionado, motivó que Walter Ocsa Manuel interponga recurso de casación en el fondo y en la forma (fs. 211 a 212), en el que expresa lo siguiente:

I.2.1 Bajo el rótulo de “Violación de los arts. 161.a) del Código Procesal del Trabajo y en su inciso a); última parte del parágrafo I del art. 1311 del Código Civil” (sic), dice el recurrente que ni el Juez de grado ni el Tribunal de Alzada tomaron en cuenta anticipos abonados al demandante, sosteniendo a tal fin que:

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Criterio

“…se observa que luego de la emisión del referido Auto de Vista existió una mora judicial al constar que se notificó a la parte demandada recién el 28 de abril de 2011, es decir, después de haber trascurrido más de un mes, aspecto que amerita una severa llamada de atención a los Vocales y a la Secretaria de Sala por no supervigilar las labores del Oficial de Diligencias, (…) por cuanto no está inmerso dentro de las causales de procedencia del recurso de nulidad o en la forma dispuesta por el art. 254 del CPC , concordante con el art, 251 del mismo Código Adjetivo Civil…”

Datos del proceso

Demandante
Braulio Quispe Nina
Demandado
Walter Ocsa Manuel
Magistrado relator
Pastor Segundo Mamani Villca

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Nulidades / No procedeDerecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Obligaciones del empleador
Tribunal Supremo de Justicia4 de agosto de 2015AS/0542/2015Fuente oficial