Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 542
Sucre, 04 de agosto de 2015
Expediente : 232/2011-S
Demandante : Braulio Quispe Nina
Demandado : Walter Ocsa Manuel
Distrito : Oruro
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 211 a 212, interpuesto por Walter Ocsa Manuel contra el Auto de Vista AV-SSA-34/2011 de 18 de marzo, cursante de fs. 205 a 207, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro; dentro del proceso laboral seguido por Braulio Quispe Nina contra Walter Ocsa Manuel; la respuesta al recurso de casación de fs. 215 a 216 vta.; el Auto Nº 64/2011 de 20 de mayo cursante a fs. 217 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I
I.1 Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Planteada la demanda de pago de sueldos devengados y beneficios sociales que cursa a fs. 17 y vta., modificada de fs. 25 a 27 vta., y tramitado el proceso, la Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, pronunció Sentencia No 17/2010 de 30 de abril de fs. 152 a 156, declarando probada en parte la demanda, sin costas; determinando que el representante legal del Centro Agroecológico Walipini, Walter Ocsa Manuel cancele a su ex trabajador Braulio Quispe Nina los derechos sociales que le asisten consistentes en indemnización por 5 años, aguinaldo de navidad en duodécimas gestión 2006 y reintegro de sueldos por el lapso de 6 años, 1 mes y 13 días, desestimando el pago de desahucio y vacaciones demandadas. Suma que ascendió a un total de Bs.20.826,50; de acuerdo al detalle sentado en la presente Resolución.
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por el demandado, tal cual es saliente de fs. 169 a 172 vta., la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, mediante el Auto de Vista descrito al prefacio, confirmó la Sentencia apelada, con costas en ambas instancias.
I.2 Motivos del recurso de casación
El Fallo mencionado, motivó que Walter Ocsa Manuel interponga recurso de casación en el fondo y en la forma (fs. 211 a 212), en el que expresa lo siguiente:
I.2.1 Bajo el rótulo de “Violación de los arts. 161.a) del Código Procesal del Trabajo y en su inciso a); última parte del parágrafo I del art. 1311 del Código Civil” (sic), dice el recurrente que ni el Juez de grado ni el Tribunal de Alzada tomaron en cuenta anticipos abonados al demandante, sosteniendo a tal fin que:
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