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TSJ

AS/0545/2023

Tribunal Supremo de Justicia
20 de octubre de 2023Social 1eraMag. José Antonio Revilla Martinez
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

AUTO SUPREMO Nº 545

Sucre, 20 de octubre de 2023

Expediente : 430/2023-S

Demandante : Abigail Calle Sillisqui

Demandado : Empresa FERKEBRA SRL

Proceso : Beneficios Sociales

Departamento : Cochabamba

Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 152 a 153 interpuesto por la Empresa FERKEBRA SRL, representada por Jhony Ariel Antezana Ricaldo, impugnando el Auto de Vista N° 037/2023 de 3 de mayo, de fs. 137 a 142, emitido por la Sala Social y Administrativa, contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso por pago de beneficios sociales, seguido por Abigail Calle Sillisqui contra la Empresa recurrente; el Auto de 2 de agosto de 2023, de fs. 157, que concedió el recurso; el Auto de 10 de agosto de 2023, de fs. 164, que admitió el recurso; los antecedentes del proceso y todo lo que fue pertinente analizar.

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Sentencia

La Juez de Partido Mixto de Sentencia y del Trabajo y Seguridad Social Primero de Sacaba - Cochabamba, emitió la Sentencia de 8 de diciembre de 2020, de fs. 95 a 100, que declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 8 a 9, disponiendo en su mérito, que la Empresa demandada, dentro del tercer día de ejecutoriada la Sentencia, bajo conminatoria de Ley, pague en favor de la actora, la suma resultante de la siguiente liquidación:

Tiempo de servicios 6 meses y 26 días

Sueldo promedio indemnizable: Bs2.060

Indemnización 6 meses y 26 días: Bs1.176,73

Desahucio: Bs6.180

Duodécimas de aguinaldo: Bs1.716,66

Sueldos devengados dic/2017 y ene/2018: Bs4.120

Subsidios de lactancia 10 meses Smn/2000: Bs20.000

MONTO TOTAL: Bs33.193,39

Monto que en ejecución de sentencia, debe ser actualizado en base a la variación de la UFV, más la multa del 30%, incluyendo el mantenimiento de valor, conforme lo determinado por el art. 9 del decreto Supremo (DS) N° 28699 de 1 de mayo de 2006.

Auto de Vista

En grado de apelación deducido por la empresa demandada, mediante memorial de fs. 123 a 124, la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista N° 037/2023 de 3 de mayo de, de fs. 137 a 142, que REVOCÓ en parte, con la siguiente modificación, respecto del pago a cuenta de 23 de febrero de 2018, en Fondos en Custodia del Ministerio de Trabajo:

Indemnización (6 meses y 26 días): Bs1.176,73

Desahucio: Bs6.180

Aguinaldo gestión 2017, 5 duodécimas, doble: Bs1.716,66

Sueldos devengados dic. 2017 y enero 2018: Bs4.120

Subsidios de lactancia, 10 meses smn/2.000: Bs20.000

MONTO TOTAL: Bs33.193,39

Menos el pago a cuenta: Bs6.240

TOTAL A PAGAR: Bs26.953,39

Monto que deberá ser cancelado más la correspondiente actualización en base a la variación de la UFV y multa del 30%, conforme a lo previsto por el art. 1 de la Resolución Ministerial (RM) N° 447/09 de 8 de julio de 2009, a ser calculado en ejecución de Sentencia.

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Datos del proceso

Demandante
Abigail Calle Sillisqui
Demandado
Empresa FERKEBRA SRL
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez
Tribunal Supremo de Justicia20 de octubre de 2023AS/0545/2023Fuente oficial