Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 550/2018-RA
Sucre: 28 de junio de 2018
Expediente: LP-74-18-S
Partes: Lucía Rosario Soliz Silva (+) c/ María Salomé Velásquez de Gastelú y otros.
Proceso: Cumplimiento de contrato y otros.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 888 a 893, interpuesto por María Salome Velásquez Arenas contra el Auto de Vista Nº 276/2017 de 27 de julio, cursante de fs. 885 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de cumplimiento de contrato y otros, seguido por Lucía Rosario Soliz Silva (+) contra María Salomé Velásquez de Gastelú y otros, la concesión de fs. 918 y todo lo inherente;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Lucia del Rosario Soliz Silva a través de su representante legal Aarón Tomás Poma Machicado interpone la demanda de cumplimiento de contrato y otros, por memorial de fs. 9 a 10, subsanado de fs. 23, 83 y 86; tramitado el proceso ordinario, concluyó con la Sentencia Nº 36 “A”/2012 de fecha 24 de mayo, (fs. 669 a 683), con la que el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la capital, declaró PROBADA la demanda de cumplimiento de contrato y otros, e IMPROBADA, la demanda reconvencional de nulidad de escritura pública, e IMPROBADA la excepción perentoria de prescripción de la acción, con las determinaciones establecidas en dicha resolución.
2. La demandada María Salomé Velásquez Arenas notificada con la Sentencia, apeló dicha resolución que fue confirmada por Auto de Vista Nº 276/2017 de 27 de julio, cursante de fs. 885 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
3. Notificada la demandada recurrente, con la resolución de segunda instancia en fecha 29 de septiembre de 2017, presentó recurso de casación el 13 de octubre de 2017.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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