Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 551/2020
Sucre, 12 de octubre de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-LPZ. 249/2020
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS:
El recurso de casación interpuesto por Edwin Castro Escobar, en representación legal Gobierno Autónomo Municipal de La Paz , cursantes de fs. 381 a 388 y complementación de fs. 402 a 403 vta., contra el Auto de Vista Nº 156/2019 de 11 de octubre cursante de fs. 368 a 376, emitido por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales interpuesto por Gavina Quispe Vela y Freddy Abel Morales Mamani contra la entidad recurrente, el Auto Nº 79/2020 de 12 de marzo que concedió el referido medio de impugnación cursante a fs. 409, el Auto Nº 249/2020-A de 7 de septiembre de fs. 419 y vta. mediante el cual se admitió el referido recurso, los antecedentes del proceso y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1.- Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral de pago de derechos laborales, el Juez cuarto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia 127/2017 de 8 de junio de (fojas 312 a 327), declarando probada en parte la demanda de fojas 3 a 5, por lo que conmina al Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, pague a favor de los actores, montos que deberán actualizarse de acuerdo a la UFV a momento de su pago, los montos de Bs. 106.137.65 a Gabina Quispe Vela y Bs.102.637.96 a Freddy Abel Morales Mamani de acuerdo con los siguientes detalles:
Gabina Quispe Vela
DESAHUCIO…………………………………….….: Bs. 7.305.99
INDEMNIZACION…………………………………..: Bs. 19.116.78
VACACIONES dos últimas gestiones trabajadas.: Bs. 3.247.10
BONO ANTIGÜEDAD
A partir del 23/04/2010 hasta el 02/03/2016………………......: Bs. 9.307.40
INCREMENTOS SALARIALES: retroactivos desde 2009…...: Bs. 8.239.08
48 domingos de las 2 últimas gestiones trabajadas…………..: Bs. 34.428.00
MULTA 30%.............................................................................: Bs. 24.493.30
TOTAL A CANCELAR……………………………………….….: Bs. 106.137.65
Freddy Abel Morales Mamani
DESAHUCIO………………………………………….……….….: Bs. 9.963.00
INDEMNIZACION…………………………………………….…..: Bs. 17.435.25
VACACIONES dos últimas gestiones trabajadas…………….: Bs. 4.428.00
BONO ANTIGÜEDAD
A partir del 02/10/2012 hasta el 31/12/2015………………......: Bs. 10.985.00
INCREMENTOS SALARIALES: retroactivos desde 2009…...: Bs. 7.035.60
12 domingos de las 2 últimas gestiones trabajadas…………..: Bs. 36.134.00
MULTA 30%.............................................................................: Bs. 23.685.687
TOTAL A CANCELAR…………………………………...………: Bs. 102.637.96
I.2.- Auto de Vista
En grado de apelación, por Auto de Vista N°156/2019 de 11 de octubre de (fs. 368 a 376), la Sala Social Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró la admisibilidad de la apelación presentada por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, sin embargo, de ello en el fondo se declaró improcedentes fundamentos expuestos en la apelación, en consecuencia se confirmó la Sentencia apelada (fojas 312 a 327).
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