Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 553/2020
Sucre, 12 de octubre de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-LPZ. 170/2020
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo cursante de fs. 158 a 160 vlta., interpuesto Carlos Rosa Quenaya Flores, contra el Auto de Vista Nº 147/2019 de 16 de agosto, cursante de fs. 135 a 136 vlta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativo Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral de reintegro de beneficios sociales seguido por el ahora recurrente contra la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea “AASANA”, el Auto Nº 57/2020 de 17 de febrero de 2020 de fs. 167, que concedió el recurso, el Auto de Nº 170/2020-I-A de 23 de julio de 2020, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
I. Antecedentes del Proceso.
I.1. Sentencia.
Admitida la demanda y corridos los trámites del proceso, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 115/2018 de 11 de julio, cursante de fs. 110 a 113, declarando probada en parte la demanda de fs. 13 a 15, debiendo cancelar la empresa demandada en favor de Carmen Rosa Quenaya Flores la suma de Bs. 118.657,58.
Salario Promedio Indemnizable: Bs. 9.042,30
Tiempo de Servicios: 43 años, 2 meses y 29 días
Indemnización de 38 años, 2 meses y 29 días, en razón de habérsele cancelado un quinquenio (según nota de fs. 95) Bs. 345.842,86
Duod. De Aguinaldo 2017 Bs. 5.274,68
Vacaciones 34 días Bs. 10.247,94
Sub Total Bs. 361.365,48
Más la Multa de 30% Bs. 108.409,64
Sub Total Bs. 469.775,12
Menos Indemnización Cancelada Bs. 345.842,86
Menos Duos de Aguinaldo 2017 Cancelados Bs. 5.274,68
Total Adeudado Bs. 118.657,58
Monto que será actualizado en ejecución de fallos conforme establece el DS. 28699. La presente sentencia de la que se tomara razón donde corresponda, es pronunciada y firmada en la ciudad de La Paz.
I.2. Auto de Vista
En grado de apelación, la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 147/2019 de 16 de agosto de 2019, cursante de fs. 135 a 136 vlta., confirmando la sentencia apelada.
I.3. Motivos del recurso de casación.
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