Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 554/2014
Sucre: 30 de septiembre 2014
Expediente: CB-67-14-S
Partes: Julio Nogales García. C/ Víctor Céspedes Ríos, Salome C. García y
Nicolás Erwin Gonzales Arauco.
Proceso: Ordinario de nulidad de documentos.
Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 170 a 171, interpuesto por Julio Nogales García contra el Auto de Vista Nº 50/14 de 07 de marzo de 2014, de fs. 164 a 165 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso ordinario de nulidad de documentos seguido por el recurrente contra Víctor Céspedes Ríos, Salome Cristina García de Céspedes y Nicolás Erwin Gonzales Arauco, el auto de concesión del recurso de casación de fs. 177, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital del Departamento de Cochabamba, pronunció la Sentencia de fecha 25 de febrero de 2011, de fs. 139 a 148, declarando improbada la demanda principal y probada las excepciones perentorias de falsedad e ilegalidad opuestas por el co demandado Nicolás Erwin Gonzáles Arauco.
Sentencia que es recurrida de apelación por el demandante Julio Nogales García por memorial de fs. 151 a 152, resuelta por Auto de Vista Nº 50/2014 de 07 de marzo de 2014, de fs. 164 a 165 y vta., que confirmó la resolución impugnada.
Resolución de Alzada que es recurrida de casación en el fondo por el demandante Julio Nogales García mediante memorial de fs. 170 a 171 y que es motivo de autos.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
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